SECCION: CIUDAD PAGINA: 18 BALAZO: REFORMA A LA LEY PARA EL TRATAMIENTO DE INFRACTORES CABEZA: Castigo a menores de acuerdo con el delito, proponen CDHDF y Unicef CREDITO: RUBEN GARCIA La Comision de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) propusieron ayer una reforma a la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores, para que exista, como en el derecho penal de los adultos, una proporcionalidad entre la sancion y la gravedad de la conducta de los infractores. Es decir, a mayor antisociabilidad de una actitud, mayor rigor en el castigo. Al plantear lo anterior, ambas instancias dijeron que es falsa la premisa de que los jovenes estan fuera de la ley, porque esta parte de un prejuicio estrecho en el que los juristas se han cerrado para decir que al menor, cuando comete una conducta delictuosa, no se le castiga, solo se le tutela. Los menores infractores -puntualiza el documento firmado por el titular de la CDHDF, Luis de la Barreda Solorzano y Jose Carlos Cuentas, representante de la Unicef en Mexico- no quedan impunes: si reciben una sancion por su conducta, aunque con medidas y procedimientos distintos de los que se aplican a los mayores de edad. Expusieron que debido a que la mencionada ley para menores infractores no establece el principio de proporcionalidad entre la conducta punible y la consecuencia juridica, es decir, a mayor antisociabilidad de su conducta, mayor rigor en la sancion, teoricamente es posible que a un menor que cometa un robo sin violencia se le aplique una medida mas fuerte que a otro que viole o que mate. Asimismo, el pronunciamiento de CDHDF y Unicef senala que la solucion no es que los jovenes vayan a la carcel de los mayores de edad "despues de haber sido sometidos a un procedimiento para adultos", sino que se tiene que reformar la aludida ley para que exista, como en el derecho penal adulto, "una proporcionalidad entre la sancion y la gravedad del proceder prohibido". Puntualizaron que el Consejo Tutelar de Menores, donde son remitidos para tratamiento los infractores, debe tener, como un juez de mayores de edad, la facultad de individualizar la medida o sancion, pero dentro de un intervalo que senala penalidades minima y maxima para cada figura delictiva. .