PAG. 22 SECCION: ECONOMIA CINTILLO: RECHAZA AHMSA FALLO DE PANEL DEL TLC A FAVOR DE LAS EMPRESAS ESTADOUNIDENSES CABEZA: Reitera Canacero que acereras de EU venden a Mexico con dumping SUMARIO: Esperan contraataque de Secofi en defensa de la industria nacional CREDITO: ROCIO ESQUIVEL LOPEZ La Camara Nacional de la Industria del Hierro y el Acero (Canacero) y en particular Altos Hornos de Mexico (AHMSA) rechazaron el fallo del Panel Binacional de Controversias, por medio del cual Mexico tendra que "retractarse de la aplicacion de impuestos compensatorios a las importaciones de placa en hoja de acero provenientes de Estados Unidos, y a devolver las cuotas cobradas". Consideraron que dicha decision "se basa unicamente en aspectos administrativos del proceso y no en los hechos que generaron la aplicacion de los impuestos compensatorios". En espera de la respuesta que la Secretaria de Comercio y Fomento Industrial (Secofi) presente dentro de los plazos previstos por las reglas de operacion de los paneles de controversias dentro del Tratado de Libre Comercio (TLC), Altos Hornos de Mexico indico que confia en que el dictamen resulte favorable a la empresa, ya que en su momento las practicas desleales de comercio por parte de las acereras americanas fueron comprobadas y, en consecuencia, las autoridades aplicaron los impuestos compensatorios co rrespondientes. Cabe precisar que AHMSA denuncio en 1992, ante la Secofi, que las empresas acereras de Estados Unidos realizaban una practica desleal (dumping) al vender su producto en Mexico a precios por debajo de los internacionales, especificamente placas en hoja de acero. La Secofi procedio a las investigaciones y por medio de su Unidad de Practicas Desleales de Comercio, se resolvio en favor de AHMSA, pero las empresas estadounidenses apelaron ante el Panel Binacional figura surgida en el marco del Tratado de Libre Comercio, el cual determino en beneficio de las acereras norteamericanas. El argumento del panel fue que la Unidad de Practicas Desleales de Secofi efectuo sus investigaciones correspondientes al caso desde diciembre de 1992, fecha en que segun el panel dicha unidad carecia de competencia para tales procedimientos, ya que la Secofi estaba en plena restructuracion y muchas de las facultades no estaban expresamente senaladas en su reglamento interno. Asimismo, el Panel Binacional apunta que las direcciones generales de Practicas Comerciales Internacionales y la de Cuotas Compensatorias fueron creadas para emitir actos de autoridad competente, por lo que la Secofi debera devolver y eliminar los impuestos compensatorios cobrados a las acereras de Estados Unidos. Al respecto, en un comunicado, la Canacero opina que la Secretaria de Comercio y Fomento Industrial es la autoridad competente en la materia y apoyara la decision que esta tome en su oportunidad. .