PAG. 32 SECCION: DEPORTES CINTILLO: POLEMICA CABEZA: NUEVAS DISPOSICIONES EN LA LUCHA LIBRE: NO MAS ACCION ABAJO DEL RING CREDITO: ERIKA G. JUAREZ MALDONADO En el acto tambien estuvieron Wolf Ruvinski, presidente de la CLLPDDF; Carlos Padilla Becerra, titular de Proddf; asi como los luchadores Dos Caras, Tinieblas, Hijo del Santo, La Parca, Octagon, entre otros. El punto mas controvertido fue el inciso I del capitulo II relativo a los luchadores, que dice: "Los luchadores se presentaran con toda pulcritud y sin elementos en su vestimenta que pongan en peligro la integridad fisica de otros elementos". Y la discusion fue precisamente en torno a Los Exoticos, ausentes por cierto, debido a su delicada manera de vestir, pues "son un mal ejemplo para el publico en general y en especial para los ninos", asevero Wolf Ruvinski. Sin embargo, Daniel Aceves destaco que se debe tener cierto respeto con la personalidad de los luchadores, que si bien se les puede sugerir, no se les debe obligar a asumir posturas que ellos no acepten. Ante esto, los luchadores tambien estuvieron divididos, unos comentaron que es una falta de respeto no solo para el publico, sino para la lucha libre en general por el hecho de salir al ring con ligeros y corses femeninos. No importa que haya homosexuales en el arte del pancracio, pero que se vistan decentemente. Y otros tantos eran partidarios de que la lucha libre es todo un arte, comenzando por la vestimenta, que existen shows trasvestis en todo el mundo y nadie se alarma por eso, por lo tanto, hay que dejarlos ser, pero eso si, con sus limites bien marcados. Otros puntos sobresalientes de las disposiciones legales "provisionales", que en lo futuro se convertiran en el reglamento tecnico de esta disciplina, son: -Los luchadores no deberan tener acciones abajo del ring. -No utilizaran objetos para agredirse. -No podran iniciar los combates luchisticos previos al toque de campana. La violacion a las disposiciones por parte de luchadores, referis, empresarios y promotores tendra una sancion desde 30 hasta 90 dias de salario minimo y si se reincide habra una suspension de 30 a 360 dias o cancelacion de la licencia de la CLLPDF. .