SEC. INF. GRAL. PAG. 3 CINTILLO: NICEFORO GUERRERO REYNOSO, EX CANDIDATO A DIPUTADO CABEZA: El Trife dictamino en contra de la voluntad de los guanajuatenses SUMARIO: "Sobre el dictamen de mi caso, creo que si Kafka volviera anacer se quedaria sorprendido por la resoucion de Fernando Franco Gonzalez" CREDITO: FELIPE DE JESUS GONZALEZ El ex director de asuntos religiosos de la Secretaria de Gobernacion, Guerrero Reynoso, anadio que el organo jurisdiccional dictamino sin considerar una resolucion del Instituto Federal Electoral (IFE), que publico en el Diario Oficial el registro de los candidatos. Responsable del area estrategica del gobierno mexicano en la reforma al articulo 130 constitucional que regula las actividades de las iglesias, Guerrero Reynoso obtuvo el 21 de agosto unos 68 mil votos, contra 32 mil del PAN y 11 mil del PRD, sus principales contendientes. Sin embargo, el PAN y el PRD presentaron sendos recursos de inconformidad ante el Trife por considerar que no cumplia con los requisitos de residencia en Guanajuato, toda vez que vivia en la ciudad de Mexico donde se desempenaba como funcionario federal cuando por ley deberia vivir ya en el domicilio declarado. Ayer la sala de Segunda Instancia del Trife considero inapelable de retirarle su constancia de mayoria. Entrevistado en un centrico restaurante en compania de su esposa Magdalena, sus hijos, colaboradores y amigos que se reunieron para conversar en torno a la decision del Trife, Guerrero Reynoso lucia tranquilo e incluso entono algunas canciones de Jose Alfredo Jimenez como el corrido de Guanajuato que dice: "ahi se apuesta la vida y se respeta al que gana..". A continuacion el texto de la entrevista. El principio de la democracia lo establece el articulo 39 de la Constitucion, en el sentido de que el poder radica en el pueblo y en este caso el Tribunal actuo en su contra. Por su parte, el IFE es un organo que da seguridad juridica en sus actos y en este sentido, publico en el Diario Oficial mi registro como candidato y este aspecto no lo ventilo la sala de Segunda Instancia. Pienso que el Trife se debe fortalecer, puesto que no es un tribunal estrictamente de derecho y por ende puede considerarse como una institucion fragil. Debe haber un gran esfuerzo para que la gente crea en esta instancia. No creo que se trate de alguna "concertacesion" sino algo directo contra Niceforo Guerrero. Voy a estudiar por que el presidente del Trife llego a un dictamen de esta naturaleza. Me regreso al ejercicio de mi profesion como abogado. Ademas, me interesa reintegrarme a la academia en la universidad. Por otro lado, continuare mi contacto con los dirigentes del PRI; por ejemplo, este jueves me reuno con Ignacio Pichardo Pagaza y con Maria de los Angeles Moreno, presidente y secretaria general del PRI respectivamente. Seguire trabajando por la democracia porque tenemos mucho que hacer en este sentido. Voy el viernes a Guanajuato para darles una explicacion sobre la resolucion del Tribunal y para ponerme a sus ordenes. Seguire trabajando por ellos. No!, al contrario, seguire trabajando con mas interes. La vida no se para en esto. Guerrero Reynoso explico la forma en que se dio el dictamen del Trife. Dijo que en un absurdo, la sala de Segunda Instancia no dio entrada a su recurso de reconsideracion debido a que no fue el representante del PRI en Durango el que presento el escrito sino el de Guanajuato. Afirmo que posiblemente el propio Franco Gonzalez es coautor de la resolucion de la sala regional de Durango y por eso no permitio la discusion del recurso. Incluso, aseguro, el magistrado Ortiz Mayagoitia increpo a Franco Gonzalez pero este no se lo permitio. Recordo que entre sus alegatos presento la constitucion del estado de Guanajuato que en el ano de su nacimiento establecia que para ser guanajuatense solo bastaba ser hijo de ciudadanos de esa entidad. Asimismo, presento copia certificada de su cambio de domicilio en tiempo y forma; su credencial de elector emitida en su domicilio de Guanajuato; el Diario Oficial en el que aparece su registro, aprobado por el Consejo General del IFE. Ademas, presento un estudio sobre la legalidad de que una persona tenga al mismo tiempo residencia y domicilio. La primera es donde se ha decidido desarrollar como miembro de una familia y comunidad y la segunda se refiere a causas circunstanciales de trabajo o cualquier otro aspecto. o miembro de una fami .