SECCION ESPECTACULOS PAGINA 35 BALAZO: BALANCE GENERAL CABEZA: El caso Luis Miguel, aun sin veredicto CREDITO: JORGE CERVANTES Ayer varias publicaciones dieron por hecho que el cantante Luis Miguel habia perdido la demanda que el artista -por dano moral-contra Claudia de Icaza y Edamex, autora y casa editorial del libro El gran solitario, respectivamente. Lo unico que sucedio fue que la Sexta Sala del Tribunal Superior de Justicia resolvio en favor de los demandados una peticion para que el juez 21 de los civil reciba mas pruebas por parte de Edamex y de De Icaza (a quienes se les habia terminado el plazo legalmente establec ido). A continuacion, un balance general del litigio. El pasado mes de marzo la casa editorial Edamex lanzo a la circulacion la primera edicion de la biografia no autorizada que Claudia de Icaza escribio sobre Luis Miguel y a la que denomino El gran solitario. Dos meses despues el mismo cantante demando por la via civil tanto a la escritora como a la editorial, alegando que el dano moral que le propicio la impresion del libro deberia ser resarcido con una indemnizacion de 22 millones de nuevos pesos. De manera paralela a la demanda civil, los juristas contratados por Luis Miguel para el proceso (el consorcio Cruz Abrego, asi como el despacho Larrea, Sanchez Jasso y Caballero) presentaron ante la Procuraduria General de la Republica una denuncia por difamacion. Posteriormente las autoridades integraron la averiguacion previa y una vez que consideraron que existian elementos suficientes para constituir el delito, turnaron el expediente al Juzgado 32 de paz penal, cuyo titular debera determinar en fecha p roxima si la demanda es procedente y consecuentemente dictar el auto de libertad o iniciar el proceso penal. En entrevistas por separado, la parte acusadora en el procedimiento, al igual que los codemandados, de voz del director juridico de Edamex y encargado de la defensa de Claudia de Icaza, Jorge Ortega, exponen sus puntos de vista sobre el particular y sustentan juridicamente sus argumentos. Por la parte demandante, el abogado Jose Luis Caballero comenta que la acusacion se basa en el hecho de que "nadie tiene derecho de invadir la vida privada de las personas" y si bien es cierto que en sus articulos 6 y 7 la constitucion establece que "es inviolable la libertad de escribir y publicar sobre cualquier materia", la misma ley puntualiza que este derecho "no tiene mas limites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz publica". En contraparte, Jorge Ortega argumenta que "Claudia de Icaza jamas invadio la vida privada de nadie, solo recopilo la informacion que sobre el cantante se habia publicado en distintos medios y la edito cronologicamente. Asimismo, la defensa niega que el libro haya provocado danos morales en la persona de Luis Miguel y dice estar en la mejor disposicion para probarlo a traves de un estudio psiquiatrico "que el juzgado nos nego arbitrariamente" (y por lo cual recurrieron a la Sexta Sala del Tribunal Superior de Justicia, la cual por cierto fallo a su favor el pasado viernes, concediendoles, unicamente, el derecho a realizar el peritaje psiquiatrico que solicitan). Y es que por distintos frentes -explica la parte acusadora refiriendose a la publicacion del "folletin" Atentado contra la libertad de expresion y a diversas declaraciones de sus antagonistas- pretenden subsanar todas las omisiones que durante el proceso vinieron cometiendo y que los privaron de aplicar los recursos que la ley confiere a cualquier persona en juicio. En lo que se refiere al orden constitucional, el defensor de Claudia de Icaza y Edamex explica que "las limitaciones que la ley marca en este sentido son: no alterar la paz publica, afectar la moral publica o la vida privada. Evidentemente la demanda no procede en ninguno de los dos primeros casos y deja como unica alternativa de discusion la tercera posibilidad, que nos lleva a la pregunta: si Luis Miguel se trazo una vida que ventilo a los cuatro vientos y si alguien recopila esa informacion y la edita e n un libro, es acaso ¨perturbacion de la vida privada o mayor promocion de una imagen publica? "Aqui lo que se defiende es el derecho a la vida privada de las personas, el dano o no dano es subjetivo y muy dificil de calcular; y es que aun con sus particularidades, las figuras publicas pueden ser muy aplaudidas, o muy criticadas, pero eso es una cosa y otra muy diferente el que cualquiera pueda entrometerse en sus vidas", anade Larrea Richerand. Ademas el libro es "fresota" -califica Jose Luis Caballero- pero no por eso deja de ser susceptible de herir a la gente a la que involucra. Ese argumento de que los personajes publicos no tienen vida privada es absurdo. Todos tenemos derecho a la privacidad y nadie puede invadirla y menos aun lucrar por ese conducto. "Violacion a la libertad de expresion!, eso es lo que esta haciendo Luis Miguel. Esta violando flagrantemente la libertad de expresion", se alzaron energicas algunas voces que pronto encontraron eco durante el desarrollo del proceso. No obstante -pregunta Gabriel Larrea-, la que plantea Edamex ¨es una defensa a la libertad de expresion o al libertinaje? ...Y los abogados de Luis Miguel pretenden frenar el "libertinaje" o dar su apoyo decidido a la censura, responde la defensa. Asi las cosas, solo resta esperar las determinaciones de los respectivos juzgados, el 21 de lo Civil y el 32 de Paz Penal, en esta, la primera instancia. El primero debera evaluar las pruebas en los proximos dias y dictar el fallo que puede ser sancionado con la reparacion en efectivo del "dano moral" causado al cantante. La demanda penal por difamacion, calumnias y amenazas podria traer para la escritora una condena hasta de dos anos de carcel o multa de 300 pesos. La sentencia del procedimiento civil, que se encuentra en su etapa final en primera instancia, podria ser apelada luego de que el Juzgado 21 diera la razon a cualquiera de las dos partes. Entonces el asunto pasaria a una Sala Superior que tendria que determinar si el juez actuo bien o mal durante el proceso, y en el ultimo de los casos, de presentarse un juicio de amparo ante la resolucion que se tomara en segunda instancia, seria un Tribunal Colegiado de Justicia el encargado de dictaminar la sentencia definitiva. .