SEC. INF. GRAL. PAG. 6 CINTILLO: NADA AL MAREN DE LA LEY CABEZA: De ser necesario, se retiraria el desafuero a algun diputado involucrado en el caso de Ruiz Massieu CREDITO: ARMANDO ALCANTARA E. Tal significa que el fuero constitucional, de que gozan los representantes populares, no es sinonimo de impunidad. Por lo que, en caso de ser necesario, se le puede retirar este, a fin de que rinda cuentas ante la justicia. Sobre el particular, la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos, es muy clara. En el Titulo Tercero, Capitulo II "Del Poder Legislativo", articulo 61, senala que los diputados y senadores, son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeno de sus cargos y jamas podran ser reconvenidos por ellas. El presidente de cada Camara velara por el respeto al fuero constitucional de los miembros de la misma y por la inviolabilidad del recinto donde se reunan a sesionar. Luego, en el Titulo Cuarto "De las responsabilidades de los Servidores Publicos", el articulo 111, especifica que para proceder penalmente contra los diputados y senadores del Congreso de la Union, por la comision de delitos durante el tiempo de su encargo, la Camara de Diputados declarara por mayoria absoluta de sus miembros presentes en sesion, si ha o no lugar a proceder contra el inculpado. Agrega que si la resolucion de la Camara fuese negativa se suspendera todo procedimiento ulterior, pero ello no sera obstaculo para que la imputacion por la comision de delitos continue su curso, cuando el inculpado haya concluido el ejercicio de su encargo, pues la Camara no prejuzga los fundamentos de la imputacion. Si la Camara declara que ha lugar a proceder, el sujeto quedara a disposicion de las autoridades competentes para que actuen en arreglo a la ley. Las declaraciones y resoluciones de las Camaras de Diputados o Senadores son inatacables. Dice tambien el citado articulo 111, que el efecto de la declaracion de que ha lugar a proceder contra el inculpado sera separado, de su encargo en tanto que este sujeto a proceso penal. Si este culmina en sentencia absolutoria el inculpado podra reasumir su funcion. Si la sentencia fuese condenatoria y se trata de un delito cometido durante el ejercicio de su encargo, no se concedera al reo la gracia del indulto. Asimismo, en demandas del orden civil que se entablen contra cualquier servidor publico no se requerira declaracion de procedencia. Un solo caso desde 1983 Las sanciones penales, apunta el ordenamiento, se aplicaran de acuerdo con lo dispuesto en la legislacion penal y tratandose de delitos por cuya comision el autor obtenga un beneficio economico o cause danos o perjuicios patrimoniales, deberan graduarse de acuerdo con el lucro obtenido y con la necesidad de satisfacer los danos y perjuicios causados por su conducta ilicita. Finalmente, establece que las sanciones economicas no podran exceder de tres tantos de los beneficios obtenidos de los danos o perjuicios causados. En los ultimos anos, solo se recuerda la realizacion de un juicio de desafuero contra un representante popular. Fue el realizado en el ano de l983, en contra del entonces senador por el estado de Sonora a la LII Legislatura, Jorge Diaz Serrano, quien fuera juzgado por diversos delitos durante su gestion al frente de Petroleos Mexicanos, cuya direcion general ocupo de l976 a l982. .