GUIA: BVAL SECCION: PRIMERA PLANA CREDITO: Diego Valades­ CABEZA: La lucha contra la impunidad El combate a la impunidad no se realiza unicamente mediante acciones persecutorias del delincuente; supone tambien un proyecto de justicia. Existen dos visiones para combatir la impunidad: una se basa en el uso de la fuerza, otra implica la utilizacion de los recursos del Estado, la participacion de la sociedad y la integracion de un cuerpo normativo que genere nuevas conductas de los individuos y de la sociedad. Por eso el combate a la impunidad incluye una cultura juridica que genere, en todos los miembros de la comunidad, la conviccion de la aplicacion del derecho como elemento de cohesion social y como garantia de libertad y de seguridad. Con esta idea el orden juridico mexicano ha sido renovado en los ultimos cinco anos. Las modificaciones constitucionales y legales impulsadas por el presidente Carlos Salinas de Gortari tienden a consolidar el Estado de derecho en Mexico. No son medidas aisladas, sino que forman parte de un programa general de cambio institucional del pais. Las reformas comprenden la modificacion del concepto de propiedad rural, que preserva los derechos sociales y los hace compatibles con formulas de productividad; la participacion de la sociedad y de los individuos en la vida economica es mas intensa que nunca; el gobierno se ha concentrado en la realizacion de tareas que le son propias y ha dejado atras el concepto de intervencionismo estatal; hemos establecido, una nueva relacion entre el Estado y la Iglesia; la proteccion de los derechos humanos es unanueva prioridad y se han adoptado consensos institucionales para garantizar el desarrollo democratico, a traves de una reforma politica nacional y de una reestructuracion democratica del Distrito Federal. Asi el Estado de derecho registra la aparicion de nuevas instituciones que actualizan la vida nacional. Cenir a la sociedad mediante normas inmutables es una paradoja. No puede garantizarse el Estado de derecho si la norma es inaplicable por falta de decision o por carecer de actualidad. La decision no es unilateral: corresponde a los organos de gobierno y a la sociedad misma, y la actualizacion es tambien un producto del consenso. Esta es, al menos, la realidad en una sociedad cada dia mas abierta, descentralizada y plural. Para establecer la relacion entre el Estado de derecho y el combate a la impunidad, hay que tener presente el proceso de reforma del Estado en su conjunto, el fortalecimiento de las instituciones y el nuevo marco constitucional mexicano. El proceso legislativo de los ultimos anos, que ha sido posible gracias a la formacion de nuevos consensos, tambien esta generando nuevos estilos en la vida de la nacion. Un breve repaso, por tanto, de las mas recientes reformas, ayuda a poner en contexto lo concerniente a las normas penales, en tanto que con esas reformas tambien se aspira a ampliar espacios para la justicia. Las reformas al articulo 27 constitucional abren el camino para una segunda etapa de la reforma agraria, iniciada en 1917. En esta nueva etapa se busca propiciar la productividad del agro y otorgar mayor seguridad a los propietarios de la tierra, a fin de llegar a la autosuficiencia alimentaria, pero sin tolerar el latifundismo, cuya proscripcion quedo ratificada con las reformas que comentamos. Asimismo, los organos administrativos dejan de participar en la administracion de justicia, para ponerla en manos, exclusivamente, de los organos jurisdiccionales. Las reformas a los articulos 24 y 130 constitucionales se sustentan en el pleno respeto a la libertad de cultos y creencias y en el principio de separacion del Estado y las iglesias, que nos definio como un Estado laico desde hace casi 150 anos. Hoy las iglesias y agrupaciones religiosas son susceptibles de tener personalidad juridica, lo cual, ademas, les abre la posibilidad de contar con los bienes necesarios para la realizacion de su objeto. En materia de derechos humanos contamos con una larga tradicion constitucional. Consecuente con esta tradicion, el Ejecutivo federal creo en junio de 1990 la Comision Nacional de Derechos Humanos. En 1992 fue adicionado un apartado B al articulo 102 de la Constitucion, que contempla la integracion de los organismos protectores de los derechos humanos. Esta comision, cuya fuerza radica en su autoridad moral, ha contribuido de manera importante a combatir la impunidad y ha sido tambien un factor fundamental en la formacion de la cultura juridica de la sociedad mexicana. La ampliacion, fortalecimiento y consolidacion de la vida democratica en el pais se ha producido mediante la tolerancia, la plena actividad de los partidos politicos en condiciones de equidad y la conciliacion y la concertacion de los diversos intereses. Los avances en materia electoral obtenidos con la reforma de 1993, son muchos. Por mandato constitucional la ley regulara el financiamiento de los partidos politicos. La competencia del Tribunal Federal Electoral quedo expresamente senalada en la Constitucion y en su integracion interviene el Poder Judicial Federal. A partir de esta reforma se agrega una sala de segunda instancia integrada por cuatro miembros de la Judicatura Federal, designados por la Camara de Diputados o la Comision Permanente, en su caso, a propuesta de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion. Eliminada la autocalificacion de las camaras legislativas, en lo sucesivo la declaracion de validez de las elecciones, el otorgamiento de las constancias y la asignacion de diputados o senadores que efectue el organismo electoral podran ser impugnados ante las Salas del Tribunal. Otros aspectos de la reforma de 1993 son los siguientes: la nueva formula para la asignacion de diputados por el principio de representacion proporcional quedo senalada en la Constitucion; fue derogada la llamada clausula de gobernabilidad y aumento a cuatro el numero de senadores por cada entidad federativa, incluido uno de minoria. Asi, el sistema representativo se actualiza, superandose en el Senado, como se hizo hace 30 anos en la Camara de Diputados, el concepto de la democracia mayoritaria. Paulatinamente, la democracia consensual, la que incluye a mayoria y minorias, se ha venido abriendo paso en la nueva configuracion del Estado democratico de derecho en Mexico. La reforma constitucional al regimen juridico del Distrito Federal busca ampliar el ejercicio de las libertades y hacer compatible la existencia del Distrito Federal con el avance de la participacion ciudadana en la integracion de los organos de gobierno. La Asamblea de Representantes tendra facultades legislativas y participara en la designacion del jefe del Distrito Federal, junto con el Presidente de la Republica. Asimismo, se contempla la integracion de consejos ciudadanos con facultades de gestion, supervision, evaluacion y, en su caso, consulta o aprobacion de los programas de la administracion publica que determinen las leyes. Como ya se dijo, ver el conjunto de las reformas es indispensable, si se quiere entender la reforma penal. Esta no es sino una parte de las numerosas adecuaciones normativas para regular el funcionamiento de los organos del poder; para ensanchar las atribuciones de la sociedad y del ciudadano; para hacer mas fluida la relacion entre los gobernados y sus representantes, y para asegurar -en diferentes ambitos- los valores de la justicia, que por igual implican mejores condiciones individuales y sociales de vida; libertad de pensamiento y de accion; seguridad juridica; acceso al ejercicio del poder y participacion en su control. Estos son los rasgos constitutivos del nuevo Estado democratico de derecho en Mexico.