GUIA: B KAPLAN SECCION: PRIMERA PLANA CREDITO: Marcos Kaplan­ CABEZA: Estado, sociedad y derecho La definicion del lugar y el papel del derecho y de la procuracion y la imparticion de justicia en el Estado y la sociedad adquiere hoy una significacion especial en Mexico y en los otros paises latinoamericanos. Su examen actualizado se ve sin embargo dificultado. La rapidez y la complejidad de los cambios y la multiplicidad de problemas y conflictos crean o amplian una brecha entre el derecho y la procuracion e imparticion de justicia y las realidades sobre las cuales deben operar. Diversos enfoques reduccionistas perturban la toma de conciencia y la actualizacion superadora respecto a uno y a las otras. Un primer reduccionismo, profesionalizante o tecnicista, asume el derecho como conjunto formalizado de normas estaticas con capacidad asegurada para regular las realidades y solucionar los conflictos, siempre en un sentido de conservacion y defensa cerrada de intereses y poderes existentes. En esta perspectiva, el derecho, la procuracion y la imparticion de justicia tienden al divorcio respecto de las necesidades, aspiraciones y conflictos de la sociedad, de sus innovaciones y proyectos de cambio, y del dialogo con las ciencias sociales. Un segundo enfoque, tambien simplificador y dogmatico, de critica incondicional y negacion absoluta, reduce derecho y justicia a meras superestructuras, determinadas rigidamente por la infraestructura economica y por las modalidades del conflicto social y la dominacion politica. Ambos son juzgados meros reflejos, productos, instrumentos de la conservacion, siempre y en todo caso obstaculos al cambio. Aunque contrapuestos entre si, los dos enfoques coinciden en definir para el derecho y la justicia un papel menguado y negativo. El problema requiere ser tratado desde una doble perspectiva, en terminos de lo que el derecho y la justicia son en toda sociedad pero sobre todo dentro de la modernidad, y frente a los actuales retos del desarrollo interno y de la integracion en el sistema mundial. Toda sociedad historica se ha basado hasta el presente, en mayor o menor grado, en la escasez y la desigualdad, la complejidad de las relaciones y estructuras sociales, las consiguientes contradicciones y conflictos, la falta de coherencia y cohesion espontaneamente logradas, el caos de iniciativas y de intereses contrapuestos. Diferenciada en unidades y subsistemas relativamente independientes, la sociedad no puede organizarse ni funcionar como agregacion mecanica. Debe ser mantenida y regulada mediante un sistema formalizado e institucionalizado que asegure el ajuste de los componentes, la reduccion de los conflictos, la integracion, la coordinacion, el control social. Requiere, en una palabra, la regulacion centralizada, a partir y a traves del Estado, su aparato y su personal de gobierno y administracion, la red de instituciones. A partir de la necesidad de un grado relativo de cohesion, coherencia, estabilidad, equilibrio, y de capacidad de reproduccion ampliada y de cambio dentro el orden, todo Derecho es definible como un conjunto de valores, principios, normas y procedimientos que el Estado establece, reconoce y sanciona para el cumplimiento de funciones basicas que aseguren la reproduccion y el desarrollo del respectivo sistema. El modelo hoy vigente en la mayoria de los paises, de relacion entre Estado y sociedad, de imperio del Derecho y de procuracion e imparticion de justicia, data de pocos siglos atras. Es producto y parte de la convergencia de las condiciones y procesos integrantes de la gran constelacion llamada modernidad: Estado-nacion, capitalismo, industrializacion y democracias, todo en los marcos de una mundializacion de la economia y del sistema interestatal. El Estado moderno impone su ley como la unica y, como instrumentos de poder conexos, un aparato judicial y policial debe operar en un contexto de reglas establecidas. Ello responde a la necesidad del Estado de justificar y realizar su soberania en lo interno y lo externo, creando y fortaleciendo sus bases en los grupos y actividades que contribuyen a generar riqueza y poder nacionales. El nuevo derecho y el nuevo Estado-nacion que lo dicta y aplica, consagran ante todo los derechos de propiedad y contratacion, sus corolarios y proyecciones, como garantias de seguridad, de estabilidad y previsibilidad, y con ello las posibilidades de calculo economico racional, de iniciativa, productividad y creatividad de individuos y grupos, y para el desarrollo nacional. Derecho y justicia responden ademas a la necesidad del Estado moderno de obtener, para si y para el respectivo sistema, legitimidad y consenso por el reconocimiento de libertades, derechos, garantias para un numero creciente de grupos cuyos intereses, demandas y presiones generan e integran un proceso general de democratizacion. De esta manera el desarrollo del Estado de derecho es tambien correlativo al avance de la democracia como sistema politico de participacion ampliada, extensible al mayor numero dentro de los limites estructurales del respectivo sistema, segun un conjunto de principios, valores, normas y procedimientos. El principio fundador y rector de la soberania popular, da bases y justificativos a la sociedad y al Estado, por la voluntad y la participacion de ciudadanos con derechos, y por los fines comprometidos para su realizacion por gobernantes y administradores. La soberania popular se entrelaza asi con el Estado de derecho y la supremacia de la ley. Constitucion y leyes instauran y consagran las libertades, derechos y garantias, cuya vigencia debe asegurar el Estado bajo pena de deslegitimacion. En este proceso, el derecho tiende a escapar de todo poder que pretenda apropiarse de el e instrumentarlo para negarlo. Los derechos del hombre y del ciudadano exceden a toda formulacion ya producida, que en si misma contiene ya las precondiciones y exigencias de una reformulacion amplificatoria. Siempre extensibles, los derechos adquiridos son llamados a sostener derechos nuevos. Los derechos humanos no son asignables a un momento dado; su funcion no se agota en una forma historica definitiva y al servicio de un grupo, interes o poder. No cesan de interrogar e interpelar al orden establecido, a los intereses creados, a los poderes vigentes, a las normas instituidas; fundamentan criticas, reivindicaciones y propuestas de reformas. El basamento cultural-ideologico y politico del Estado moderno, con todas sus limitaciones (inherentes y contextuales), es la busqueda y realizacion de las libertades humanas, y algo de este fundamento ha ido pasando -a traves de luchas reivindicatorias de grupos, sectores y naciones- a la realidad social y politica. Por sus valores proclamados (humanismo, pluralismo, reformismo) el derecho del Estado moderno y su imperio convocan a la critica de sus defectos y disfuncionalidades, de sus insuficiencias y frustraciones; admite enmiendas, mejorias, superaciones. Este potencial reivindicatorio y transformador del derecho se proyecta al mantenimiento de los derechos adquiridos, y a su amplificacion y desarrollo en diferentes niveles, aspectos y formas. Por razones similares o paralelas a las senaladas, pero en todo caso convergentes, la integracion de los paises en la economia globalizada y el sistema interestatal, en un sentido de creciente interdependencia, y sus repercusiones bajo forma de cambios, reajustes y conflictos en el interior de los paises latinoamericanos, tambien contribuyen a reafirmar la necesidad de vigencia real de las normas, instituciones y procedimientos del Estado de derecho, con respecto a las relaciones internacionales y a los problemas y procesos internos.