SEC. INF. GRAL. PAG. 15 CINTILLO: EL PRI FORMULARA DENUNCIA CONTRA EL EX SUBPROCURADOR CABEZA: Imputaciones calumniosas, difamatorias y ofensivas; pruebas, demanda Pichardo CREDITO: IGNACIO PICHARDO PAGAZA* En relacion con las manifestaciones que el dia de hoy dirigio a la opinion publica el ex subprocurador general de la Republica, Lic. Mario Ruiz Massieu, en las que nuevamente alude al Partido Revolucionario Institucional y a sus dirigentes, a quienes hace responsables de impedir el avance en las investigaciones del asesinato del Lic. Jose Francisco Ruiz Massieu, el Presidente del Comite Ejecutivo Nacional manifiesta lo siguiente: 1.- Rechazo categoricamente las expresiones ligeras, irresponsables y falaces, del ex subprocurador general. 2.- Exijo a las autoridades del Ministerio Publico que den curso a la Averiguacion Previa No. 031/DG/94, a la que se refirio el propio ex procurador y en la que supuestamente se presentan pruebas relacionadas con la improcedente imputacion de no haber colaborado con la investigacion y de la supuesta existencia de un "contubernio" entre la Secretaria General del Partido y el Procurador General de la Republica. Como tales pruebas no existen, la dirigencia del Partido formulara las demandas, denuncias y querellas, por los hechos posiblemente constitutivos de delito en que el Lic. Mario Ruiz Massieu ha incurrido en sus manifestaciones difamatorias y calumniosas en contra del P.R.I. y sus dirigentes. 3.- Exijo a la Procuraduria General de la Republica la presentacion de las pruebas que reiteradamente dijo tener el ex subprocurador Lic. Mario Ruiz Massieu y que incluso, anuncio presentaria el dia de hoy respecto de la supuesta obstaculizacion al desarrollo de la investigacion por parte del Presidente y de la Secretaria General del C.E.N. del P.R.I. y en su caso, pido a la Procuraduria General de la Republica custodia de las mismas, dado que en los terminos del anuncio hecho por el citado ex subprocurador general de la Republica el dia de hoy, entregaria tales supuestas evidencias ante Notario Publico que de ninguna manera es la instancia idonea para ese proposito, probablemente con la intencion de imputar posteriormente a las autoridades su alteracion o incluso, desaparicion. Hoy mismo, el Ministerio Publico requirio al ex subprocurador para su exhibicion y el funcionario no las presento. 4.- El ex subprocurador general de la Republica ha incurrido en diversos supuestos, posiblemente delictivos, a partir del 28 de septiembre anterior: - Formular imputaciones y acusaciones calumniosas, difamatorias y ofensivas, contra personas fisicas y morales, atribuyendoles hechos y conductas inexistentes, sin acreditar con pruebas fehacientes su reiterado dicho. - Conducir y llevar a cabo la averiguacion de la investigacion a su cargo sin apego a la legalidad. Lo anterior queda de manifiesto con lo siguiente: Es categoricamente falso que la dirigencia del C.E.N., especificamente su Presidente y su Secretaria General, hayan incurrido en conducta delictiva alguna como las que dolosamente el ex subprocurador general de la Republica les imputo, entre otras, las de entrar en contubernio con el Procurador General de la Republica en relacion con el documento de solicitud de licencia que formulo el ex diputado federal Manuel Munoz Rocha; son igualmente carentes de veracidad las reiteradas afirmaciones hechas por el ex subprocurador en el sentido de que dichos dirigentes hayan entorpecido u obstaculizado el desarrollo de las averiguaciones; lo cierto es que en todo tiempo se ofrecio, dio y continuara dandose, la colaboracion que fue solicitada o le sea solicitada, incluida la relativa a que un numero importante de ex diputados federales concurrieran a ofrecer su testimonio ante el Ministerio Publico. Antes de que concluya esta reunion voy a poner en manos de los medios de comunicacion copias de los oficios que recibio la Presidencia del C.E.N. del P.R.I. para que ex legisladores asistieran a manifestar su testimonio relacionado con los hechos de la investigacion. Asimismo, legisladores miembros del Partido Revolucionario Institucional apoyaron en el organo constitucional correspondiente el otorgamiento de la licencia al principal inculpado, precisamente, con el proposito de apoyar la averiguacion de los hechos. 5.- El ex subprocurador general de la Republica al hacer publicas imputaciones carentes de todo sustento, porque en ningun momento incluido el dia de hoy, dio a conocer las pruebas que supuestamente sustentan su dicho, lo ha hecho dolosamente intentando causar deshonra, descredito y perjuicio, tanto al propio partido como a sus dirigentes, lo cual son hechos del mas amplio dominio publico. El ex subprocurador general de la Republica no probo su dicho y ademas de incurrir en la probable comision de un delito contra el honor, a su vez ha incumplido en su deber de poner en conocimiento de las autoridades judiciales los supuestos hechos nunca probados y que, sin embargo, insistentemente ha dicho tener, inclusive a traves de los medios de comunicacion a su disposicion, con lo cual incurrio adicionalmente en hechos calumniosos, tambien presuntamente delictivos, sin perjuicio de la responsabilidad que en su caso le corresponda por violentar la reserva que por mandato de ley debe tener en el desarrollo de las averiguaciones previas, tal como lo previene el articulo 16 del Codigo Penal y de Procedimientos Penales. 6.- El ex subprocurador general de la Republica niega que existiera algun impedimiento legal para investigar los hechos por su parentesco con el recordado y respetado ex secretario general del P.R.I., Lic. Jose Francisco Ruiz Massieu. Aqui tambien el ex subprocurador general falta a la verdad y hace una interpretacion torcida y equivoca de la ley, pues existen disposiciones expresas tanto en la Ley Organica de la Procuraduria General de la Republica, como en la del Poder Judicial en la Federacion, como son los articulos 26 y 27 de la primera y, 82 de la segunda, que indican claramente que estaba impedido para ejercer su competencia al frente de esa investigacion en el caso de su propio hermano y que, ademas, le obligaban a excusarse, situacion esta que no pudo ignorar por reputarse Perito en Derecho o al menos, por haber aceptado desempenar dicho cargo de subprocurador general de la Procuraduria de la Republica. Este hecho evidente, esta sancionado por las leyes cuando tipifica ilicitos en los cuales pueden incurrir servidores publicos como, por ejemplo, los de la administracion de justicia, cuando conocen de negocios o asuntos para los cuales tienen impedimento o la obligacion de abstenerse, como es el caso. El ex subprocurador general dice que ha sido respetuoso de la ley; las evidencias anteriores demuestran lo contrario. 7.- En su declaracion a la opinion publica del dia de hoy, el ex subprocurador insiste en utilizar terminos despectivos e injuriosos hacia el Partido Revolucionario Institucional y sus dirigentes, hoy dia, este senor no ha probado ninguna de tales imputaciones como reiteradamente lo ofrecio publicamente. 8.- El ex subprocurador como conductor de la investigacion respectiva tambien incurrio en hechos presuntamente delictivos, como en el caso de dos diputados al H. Congreso de la Union a quienes fue violado su fuero constitucional al detenerlos y presentarlos con lujo de fuerza ante el Ministerio Publico para obtener su declaracion; de todos estos hechos, las personas agraviadas ejerceran seguramente las acciones que a su derecho corresponda en contra de los responsables. 9).- Todo lo anterior refleja irregularidades muy diversas que posiblemente sean constitutivas de delito incluido el abuso de autoridad, lo que determina que la Presidencia del Comite Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional haya acordado dar las instrucciones pertinentes a sus representantes legales para que hagan el acopio de los sustentos probatorios necesarios y, en su caso, formulen los escritos que procedan para solicitar la investigacion de estos hechos al Ministerio Publico. *Palabras pronunciadas ayer por Ignacio Pichardo Pagaza, Presidente del CEN del PRI, en el "Salon Presidentes" de la sede nacional de este instituto politico. .