SECCION CIUDAD PAGINA 17 BALAZO: DISPOSICION CONSTITUCIONAL CABEZA: EXIGE PAN ELEGIR A CONSEJEROS CIUDADANOS ESTE A¥O CREDITO: ARMANDO ALCANTARA E. El Comite Directivo del PAN en el Distrito Federal demando ayer se cumpla cabalmente con la disposicion constitucional de celebrar las elecciones de Consejeros Ciudadanos este mismo ano. En conferencia de prensa, su presidente, el asambleista Gonzalo Altamirano Dimas, dijo que su partido no cedera a las presiones del PRI para que estas se cambien para l997 junto con los comicios para jefe de gobierno capitalino. Agrego que los citados consejeros son una conquista de los habitantes de la ciudad de Mexico y forman parte del proceso de reforma politica general de esta metropoli. Por ello, su eleccion debe hacerse en favor de los intereses de la poblacion, de sus necesidades de participacion, representacion y gobierno que urge cubrir, especialmente en estos momentos y no limitarse a la logica de perdida o conquista del poder por parte de los partidos politicos. Gonzalo Altamirano Dimas dio a conocer dos razonamientos fundamentales para llevar a cabo dichos comicios, antes de que concluya 1995: El primero, es la necesidad de establecer espacios de interlocucion representativa para mejorar las condiciones de gobierno en la ciudad, en la situacion de crisis en que se vive y, segundo, que las elecciones de los consejeros no deben coincidir con las federales ni la del jefe del gobierno del Distrito Federal. Dijo que estos son procesos que requieren estructuras de organizacion diferentes y criterios territoriales distintos; ademas, el caracter especifico de la eleccion de los consejeros redundara en beneficio de la claridad de los habitantes al respecto y sera benefico para la estabilidad politica de la ciudad y la continuidad de la administracion al no poner en juego en estos momentos todas las posiciones de representacion al mismo tiempo. El dirigente panista en la capital del pais recordo que nuestra Carta Magna establece que la eleccion de los consejeros ciudadanos debe hacerse en l995. El estatuto de gobierno de la ciudad preescribio que esta eleccion deberia hacerse en junio de l995 y actualmente esta a discusion un anteproyecto de Ley de Participacion Ciudadana que debe ser aprobada para cumplir con estas disposiciones constitucionales y legales. En el, pidio el asambleista, no confundir tres instrumentos que son de diferente naturaleza : 1.- La necesidad de un ley electoral local del Distrito Federal que regula la eleccion directa del jefe de Gobierno, la eleccion de los representantes a la Asamblea Legislativa y la eleccion directa, como lo contempla la Constitucion, de los Consejos Ciudadanos. 2.- El establecimiento de una Ley Organica de los Consejos Ciudadanos que regule su funcionamiento y facultades o la inclusion de estos elementos en una reforma a la Ley Organica de la administracion en el D.F. 3.- El establecimiento de una ley propiamente de participacion ciudadana en la que se reglamenten el referendum, el plebiscito, la iniciativa y la consulta popular, asi como los ambitos metropolitanos del D.F., o delegacionales sobre los que puedan realizarse estas formas de democracia directa, en todo caso complementarias y coadyuvantes al fortalecimiento de las instituciones de democracia representativas. .