PAG. 4 SECCION: INF. GRAL. CABEZA: CHIAPAS: NUEVA LEGISLACION ELECTORAL CREDITO: Cirilo Recio D. En primer lugar, es resultado concreto de las propuestas de las diversas fuerzas politicas en el estado y por lo tanto resulta ser el medio por antonomasia para la recepcion de los procesos de pacificacion. Es, ademas, una de las principales respuestas que se requieren para lograr una transicion pactada, por la cual se revela que existe una estructura institucional, legitimada por la participacion de las diferentes fuerzas politicas chiapanecas y dirigida a restablecer el cimiento institucional de estado, e s decir, proporciona la estructura popular y plural que avala el ambito de legitimidad civil para conducir los procesos de transformacion, conciliacion y pacificacion de este estado del sureste. Contiene la virtud adicional de brindar a la institucionalidad chiapaneca la capacidad para el desarrollo politico de la entidad, atendiendo simultaneamente dos de las metas requeridas para esto: un punto de acuerdo dentro del proceso de paz que vive Chiapas y crea las condiciones para los comicios que se realizaran en octubre. El senador del Partido de la Revolucion Democratica, Jorge Moscoso Pedrero, lo definio con exactitud, al decir que la opcion de la violencia y de la lucha armada puede cancelarse si existe una opcion civil, si hay democracia y se expresa la voluntad popular. Esto es lo que esta sucediendo justamente. La transicion de Chiapas tiene dos vertientes basicas de salida. Por un lado esta la ruptura de las opciones civiles y su consecuencias, pero esta via se puede evitar a traves de las bases del entendimiento que estan forjandose, es decir de su segunda vertiente de acuerdo e institucionalidad, que era uno de los elementos necesarios para formar el transito hacia la pacificacion y para retomar el desarrollo politico. Este es el valor especifico del nuevo Codigo Electoral del estado. Se trata de un puente de entendimientos, que va mucho mas alla de ser mecanismo de reconciliacion, pues significa la concrecion de acuerdos entre fuerzas politicas, acuerdos que proporcionan los espacios plurales e institucionales adecuados para recibir cualquier planteamiento o darle cauce a las nuevas respuestas que requiere Chiapas. El codigo aludido establece, entre otras cosas, la creacion de un Consejo Estatal Electoral autonomo, con personalidad juridica y patrimonio propios, definido a instancia de los nuevos actores politicos de Chiapas, incluyendose en ello a las fuerzas politicas emergentes. Es uno de los instrumentos eminentes para el desarrollo del proceso de pacificacion que se esta realizando en esta entidad. La expresion de una pluralidad politica con el ingrediente indispensable de la unidad en el comun objetivo de lograr la paz y las condiciones que convierten este preciado atributo social en una realidad permanente. .