SECCION INF. GRAL. PAG. 12 BALAZO: DERECHOS HUMANOS CABEZA: PROCURACION DE JUSTICIA Y NARCOTRAFICO CREDITO: LIC. LUIS RAUL GONZALEZ PEREZ El tema Derechos Humanos, Seguridad y Narcotrafico, es sin duda, uno de los que interesa mayormente a la sociedad mexicana. Hablar de Derechos Humanos conlleva hablar de la lucha contra el narcotrafico y la impunidad, observando que el uso y trafico mundial de estimulantes, sedantes y narcoticos y su represion por el Estado, son fenomenos de los dos ultimos siglos. El problema del narcotrafico actualmente en nuestro pais no resulta ajeno; es un mal que nos acosa y avanza. El uso de drogas se ha incrementado, se sigue extendiendo entre la poblacion en general, en especial entre los jovenes y aun entre los menores de edad, quienes estan recibiendo influencias e identificaciones con la cultura de la droga. En su produccion y distribucion se han visto involucrados diversos sectores como el rural, donde el campesino y el indigena por sus condiciones economicas son facilmen te influenciados. El narcotrafico es un punto de prioridad en las preocupaciones de Mexico, al que el Estado le ha concentrado grandes esfuerzos en atencion a los enormes efectos nocivos que produce en la sociedad y por sus alcances que llegan a niveles internacionales. El grave problema del narcotrafico y su combate ha ido planteando problemas y ha creado reforzadas amenazas en contra de la vigencia de los Derechos Humanos. Un claro ejemplo es su infiltracion en las estructuras de imparticion y procuracion de justicia, primero evadiendolas, luego neutralizandolas con sobornos y aspirando a sustituirlas, ponerlas o imponerlas. Su penetracion no tiene limites y ha alcanzado tales proporciones que, efectivamente, representan una amenaza a la seguridad nacional y a la soberan ia de los Estados. Para lograr niveles aceptables de seguridad, la Comision Nacional de Derechos Humanos ha senalado que es necesario tener confianza en las autoridades encargadas de prevenir y perseguir los delitos, pero esta confianza se obtiene y fortalece a partir del respeto a los Derechos Humanos. Sabemos que quienes principalmente propician actos de violencia son las organizaciones criminales dedicadas al narcotrafico, quienes agreden la seguridad del Estado y la tranquilidad y salud de los ciudadanos. Ante esa amenaza se libra un combate firme y frontal, que debe estar regido por el imperio de la ley, evitando que la lucha contra el narcotrafico se desvirtue con abusos de autoridad. La Ley y los Derechos Humanos Entre el uso legitimo de la fuerza que el poder del Estado otorga y el respeto de los Derechos Humanos no existe antagonismo alguno; por el contrario, para que dicho poder sea apegado a la ley, debe basarse en el cumplimiento y reconocimiento de esos derechos fundamentales. Es asi que los conceptos Derechos Humanos y lucha contra el narcotrafico no deben considerarse antagonicos; por el contrario corresponden a la misma idea de seguridad juridica. Su principio y finalidad es exactamente la misma: el reforzamiento de la dignidad humana. Al narcotrafico se le debe combatir aplicando la ley, por esa razon no se admite que los encargados de ella violen su espiritu y sus procedimientos. Una policia eficiente no tiene por que violar los derechos de los ciudadanos. La incompetencia profesional de los cuerpos policiacos se demuestra cuando ejercitan el recurso de la tortura y el abuso como unicas formas de obtener "pruebas" para la consignacion. Si un policia tortura y, a traves del procedimiento correspondiente se prueba que lo hizo, se le debe sancionar. Aqui debemos mencionar que afortunadamente las violaciones por tortura han disminuido, sin dejar de reconocer que todavia subsisten. Debemos reconocer que el narcotrafico tiene una fuerza y poder enormes que penetran las estructuras, en virtud de los enormes recursos financieros que genera. Supone corrupcion, intimidacion y violencia, complicidad y disimulo que favorecen su actividad. En este sentido no se puede negar que hay corrupcion asociada al narcotrafico. No basta admitirlo, se deben asumir sus consecuencias y actuar en contra de esos funcionarios que violaron sus deberes de servidores publicos siendo complices del narcotrafico. De ahi que cuando algun servidor incurre en responsabilidad se le debe aplicar la ley. Debe existir un combate frontal a la impunidad, sancionando las conductas delictivas cometidas al amparo de la funcion publica. La procuracion de justicia y, particularmente, la lucha contra el narcotrafico no puede ser esgrimida como causa de conductas ilicitas, ni como excluyente de responsabilidad. Nadie debe actuar por encima de la ley. Algunas personas han manifestado su inquietud de que la delincuencia pueda aumentar si la Comision Nacional se dedica a defender delincuentes, y estos pretenden lograr impunidad recurriendo a la Comision Nacional de Derechos Humanos. Aqui conviene recordar que la proteccion de los Derechos Humanos es generica, es decir, protege a todos los seres humanos por el solo hecho de serlo. Garantias que la Ley otorga La procuracion de justicia se da en defensa de la sociedd al igual que la lucha contra la delincuencia. La realidad ha demostrado que se puede combatir con toda firmeza y decision la delincuencia, especialmente la que se relaciona con el trafico de drogas, pero siempre con la Constitucion y la ley en la mano. Al delincuente se le debe de aplicar todo el peso de la ley, pero al hacerlo debe actuarse siempre dentro del marco juridico existente, ya que esto es lo que garantiza la vigencia del Estado de Derecho .. Las reformas a los articulos 16, 19, 20, 107 y 119 de la Constitucion, publicadas en el Diario Oficial de la Federacion el 3 de septiembre de 1993, tienden a dar mas fuerza a la lucha contra el crimen organizado, dar mayor precision a la actuacion de los encargados de la procuracion de justicia, para que con apego al respeto de esas garantias ejerzan de manera amplia y eficaz la lucha contra la delincuencia y, en especial, la encaminada contra el narcotrafico. Es asi que las reformas constitucionales otorgan a los gobernados la garantia de que unicamente podran ser aprehendidos en aquellos casos en que se les impute un delito en que la ley establezca como sancion una pena de cuando menos la privacion de la libertad, debiendo existir datos que acrediten los elementos que integran el tipo penal y la responsabilidad del individuo. Se precisa el caso de la flagrancia, como excepcion, para proceder a la detencion de una persona sin necesidad de orden de aprehension de autoridad judicial, con la obligacion de poner al detenido, "sin demora", a disposicion de la autoridad inmediata y esta, con la misma oportunidad, a la del Ministerio Publico. En el caso de las detenciones en casos urgentes, impone nuevos requisitos, como son, que se trate de un "delito grave" calificado asi por la ley, que exista "riesgo fundado" de que el indiciado pueda sustraerse a la accion de la justicia y, siempre y cuando no se pueda ocurrir ante la autoridad judicial por razon de la hora, lugar o circunstancia. Otorga al Ministerio Publico la facultad de ordenar la detencion bajo su responsabilidad, debiendo motivar y fundamentar legalmente su proceder. Se establecio un control de legalidad por parte del Juez en relacion a las detenciones por flagrancia o urgencia, para que cuando se le consigne un detenido, califique la legalidad o ilegalidad del acto concreto de la detencion. Reparacion del dano De las garantias que tienen la victima y ofendidos, destaca la que se refiere a la satisfaccion de la reparacion del dano, cuando proceda. Al respecto, la sociedad mexicana ha venido externando su preocupacion sobre la forma en que el Estado asume su responsabilidad patrimonial de dar respuesta a las violaciones a los Derechos Humanos en que incurran los servidores publicos, posicion que recogio la Ley de la Comision Nacional de Derechos Humanos que establecio un principio de justicia para el particular afe ctado, al expresar en su articulo 44 "que se senalaran las medidas que procedan para la efectiva restitucion de los afectados en sus derechos fundamentales y, si procede en su caso, para la reparacion de los danos y perjuicios que se hubiesen ocasionado". Ahora, a nivel constitucional, se reconoce este importante imperativo de reparacion del dano. Mas aun, la reforma a la ley ordinaria reconoce que cuando un servidor publico deliberadamente viole los Derechos Humanos, la persona afectada debera ser plenamen te resarcida de los danos y perjuicios sufridos, y en tales circunstancias se establece la responsabilidad solidaria directa del Estado por los danos y perjuicios derivados de los hechos y actos ilicitos dolosos de los servidores publicos y sera subsidiaria cuando la conducta ilicita del servidor publico sea culposa. Esta garantia constituye un avance en la cultura de los Derechos Humanos que se esta generando en nuestro pais, permitiendo que al ofendido se le restituya en parte sus derechos quebrantados. Se puede senalar que con la reforma penal se amplian los derechos del individuo y se fortalece el trabajo del Ministerio Publico, responsable de atender los delitos, precisando las atribuciones que tiene dentro del periodo de averiguacion previa y remarcar que la Policia Judicial actuara siempre bajo la autoridad y el mando inmediato del Ministerio Publico, evitando con esto las consecuentes desviaciones y excesos en el ejercicio del poder. La Comision Nacional estara muy pendiente y actuara en el marco de su competencia, respecto de la aplicacion correcta de las reformas constitucionales y legales, sobre todo en lo que concierne a la amplitud de facultades que se conceden al Ministerio Publico, a efecto de que aquellos servidores publicos que incurran en violaciones a Derechos Humanos se sancionen administrativa y penalmente, segun sea el caso. Podemos concluir senalando que existen varios reclamos de la sociedad que estan muy relacionados entre si: se quiere una mejor procuracion de justicia; una mejor seguridad publica; una campana contra el narcotrafico, contundente, sistematica y organizada; y una total proteccion de los Derechos Humanos. La satisfaccion de esos aspectos es indispensable para asegurarles a los gobernados sus valores fundamentales: la vida, la libertad, la dignidad y la seguridad juridica. Todo lo que se haga al respecto siempre sera insufuciente, sin dejar de reconocer los avances que se han logrado, y en su realizacion estamos comprometidos sociedad y gobierno, debiendo poner todos lo mejor que tengamos con verdadera entrega y conviccion. * Sintesis de la Ponencia presentada en el coloquio "Narcotrafico, Seguridad y Derechos Humanos", celebrado los dias 2, 3 y 4 de diciembre de 1993 en la Feria Internacional del Libro Guadalajara, Mexico, organizada por la Universidad de Guadalajara y la Feria Internacional del libro. .