SEC. INF. GRAL. OAG, 15 CINTILLO: RECOMENDACION DE CNDH A BORREGO ESTRADA CABEZA: Violo IMSS derechos de una paciente; sin avisarle le colocaron dispositivo intrauterino Tras los hechos denunciados por Bustamante y Donintana, estos actos son presuntamente imputables a funcionarios publicos federales, la CDHDF envio el expediente respectivo a la Comision Nacional de Derechos Humanos (CNDH), segun se informa en el comunicado 016/94 del ombudsman capitalino. En el mismo se senala que la queja de referencia fue presentada ante la CDHDF el pasado primero de marzo y en ella se refiere que el 24 de febrero los jovenes Bustamente y Lascari fueron detenidos arbitrariamente por personas no identificadas, miembros presuntamente de alguna corporacion policiaca, que utilizaron un vehiculo que fue identificado mediante las placas de circulacion. Asi la CDHDF, durante la averiguacion del caso, comprobo que el vehiculo se encontraba registrado en la Direccion General de Seguridad Publica y Transito del Estado de Mexico, a nombre de la Secretaria de la Defensa Nacional. Una segunda conclusion fue que el ultimo tramite de "refrendo de engomado, placas y tarjeta de circulacion" de dicho vehiculo se realizo a traves del oficio 405 , que el 5 de abril dirigio el jefe de la Policia Judicial Federal Militar, de la Procuraduria General de Justicia Militar, de la Secretaria de la Defensa Nacional, general Guillermo Alvarez Nava, al director general de Seguridad Publica y Transito del Estado de Mexico, Marcial Flores Reyes. Como tercer punto, cita que los dos agraviados han reconocido plenamente, y sin temor a equivocarse, algunas de las fotografias que la Secretaria de la Defensa Nacional envio a la CDHDF, de la manifestacion realizada frente a sus instalaciones el 19 de febrero ultimo, como las mismas que les fueron mostradas por sus interrogadores para que identificaran a las personas que aparecen en ellas. En consecuencia, todo senala que los hechos, motivo de la queja son presuntamente imputables a servidores publicos de la Secretaria de la Defensa Nacional, dependencia de orden federal, y, por ende, sucesos de la competencia exclusiva de la CNDH. .