GUIA: 217ROB SECCION: Informacion General Pag. 7 CINTILLO: DEBATE CABEZA: Las paradojas del 82 CREDITO: Roberto Remes Tellodemeneses En este sexenio se han roto mitos y tabues sobre la politica mexicana, y especialmente respecto al contenido de la Constitucion. Las reformas a los articulos 27 y 130 son claro ejemplo de ello. Ahora, algunos sectores, el Partido Accion Nacional especialmente, proponen la modificacion del articulo 82, que define los requisitos para ser presidente. Para ser exactos, lo que se busca es que se elimine la parte que exige que los padres de quien pretenda ser presidente sean mexicanos por nacimiento. Es la fraccion I de ese articulo, la que consigna el requisito de nacionalidad, misma que hasta el momento no ha sido modificada y, ademas, reproduce tal cual, el texto que presentara Venustiano Carranza al Congreso Constituyente para ese tema. La razon por la cual se exigio entonces que el presidente de la Republica fuera mexicano por nacimiento -e hijo de padres mexicanos tambien por nacimiento- se hallaba en el hecho de que nuestro pais era aun bastante vulnerable en materia de nacionalidad, y se corria el riesgo de gobernar en funcion de intereses extranos a los de Mexico. Sin embargo, hoy dia, el texto de la fraccion I del articulo 82 no es ninguna garantia de que quien gobierne al pais represente verdaderamente sus intereses. La formacion de una escala de valores, en cada individuo, responde a elementos externos a la cultura familiar. Dia a dia los habitos no nacionales se arraigan con mayor fuerza al estar inmersos en los procesos sociales contemporaneos, sea por medio de la television, la publicidad, la escuela, los habitos de consumo, las nuevas tecnologias, etcetera, pero sobre todo la nueva realidad social: un mundo interrelacionado. Por ello, hoy por hoy, el articulo 82, con su texto actual, no otorga ya ningun beneficio al pais y si, saca a flote las contradicciones que han estado latentes durante mas de 75 anos. Por un lado la Constitucion defiende la igualdad de los individuos y por otro establece diferenciaciones entre los mexicanos. En efecto, el articulo 30 considera que existen dos tipos de mexicanos: por nacimiento y por naturalizacion. Pero el 82 viene a anadir un especimen adicional: el mexicano por nacimiento hijo de padres mexicanos por nacimiento. Si el articulo 35 dice que son derechos de los ciudadanos mexicanos el votar y ser votado, el 82 viene a anularlo parcialmente. Ademas, el texto de la fraccion primera del articulo 82 pone un candado mas a quien desee ser presidente: los bastardos no pueden ser presidentes. Hasta el momento no se ha dado el caso, pero si un mexicano por nacimiento hijo de una mujer mexicana por nacimiento y padre desconocido, decidiera postularse a la presidencia, se encontraria con el problema de que el texto constitucional exige que sea un hijo de padres mexicanos (en plural) por nacimiento, sin aclarar la posibilidad de que el padre sea desconocido y la madre mexicana por nacimiento. Incluso es probable que esta omision haya sido intencional, ya que de 1934 a 1969 el articulo 30 senalaba, entre las posibilidades para ser mexicano por nacimiento, los nacidos en el extranjero "de madre mexicana y padre desconocido"; es decir, la Constitucion no se olvido de la probabilidad de que hubiera madres solteras. Esta paradoja, que excluye a los hijos de madres solteras, de la posibilidad de candidatearse a la presidencia, aun cuando no haya ningun caso en puerta, es el mejor ejemplo de que el articulo 82 constitucional no esta exento de contradicciones respecto del resto de la Carta Magna, misma que defiende la igualdad entre los individuos. Si la reforma a la legislacion religiosa busco, entre otras cosas, anular las contradicciones constitucionales, una modificacion al articulo 82 debiera intentarse para eliminar sus paradojas  anular las contradicciones constitucionales, una modificacion al articulo 82 debiera .