SEC. INF.GRAL. PAG. 9 CINTILLO: ENCUENTRO CABEZA: Demandan organizaciones indigenas modificar 13 articulos de la Constitucion CREDITO: MIGUEL ANGEL RAMIREZ Con la peticion de modificar de manera urgente los articulos 1, 3, 4, 23, 27, 43, 52, 53, 54, 55, 73, 115 y 123 constitucional, con el fin de garantizar el reconocimiento y ejercicio pleno de la libre determinacion y la autonomia de los pueblos indigenas, concluyo el Segundo Encuentro Nacional de Organizaciones Indigenas y Campesinas que se llevo a cabo en la ciudad de Mexico los dias 22 y 23 de marzo. Esta reunion apoya y comparte todas las demandas del Ejercito Zapatista de Liberacion Nacional (EZLN) y solicito un debate nacional con todas las fuerzas politicas y sectores de la sociedad de este pais, que desemboque en un congreso constituyente, que elabore una nueva constitucion que responda al Mexico actual, que tome en cuenta el proyeto politico de los pueblos indios y avanzar hacia la construccion de un nuevo Estado multinacional mexicano. Margarito Ruiz hernandez, miembro de la Comision Coordinadora del Consejo Estatal de Organizaciones Indigenas y Campesinas (CEOIC) del estado de Chiapas, dio a conocer los acuerdos de 10 puntos de esta reunion y destaco que la libre determinacion de los pueblos indios significa: Crecion de regiones autonomas en los territorios etnicos, reconociendo a estos pueblos, sus gobiernos, sus instituciones propias, su estructura politica y administrativa, las cuales se regiran por constituciones y leyes propias, sin menoscabo de la integridad federal del Estado multinacional mexicano. Luego de participar en el seminario La democracia y el Estado Multietnico en Mexico, organizado por el Centro de Investigaciones Interdisciplinarias en Humanidades (CIIH) de la UNAM, el dirigente del CEOIC dio a conocer a El Nacional los resultados de la reunion que indigenas y campesinos del pais realizaron la semana pasada en esta ciudad, en la que demandaron la modificacion de todas las constituciones de las entidades federativas, a fin de que reconozcan la libre determinacion y autonomia india. Dijo que la libre determinacion de los pueblos indigenas implica el reconocimiento constitucional del derecho a la autonomia politica, administrativa, territorial, economica y cultural de los pueblos etnicos. El documento senala que la libre determinacion de los pueblos indigenas debe contemplar el reconocimiento de todas las lenguas y el derecho a su uso cotidiano y en los ordenes de lo social, economico, politico, juridico, administrativo, educativo y de informacion; reconocimiento del derecho a la educacion india, impartida en todos los grados y niveles de nuestros pueblos, respetando su cultura, identidad, lengua y su cosmovision, garantizando los recursos necesarios para su desarrollo y su manejo autonomo e n los territorios etnicos. Tambien, exigen el reconocimiento de las estructuras y formas de organizacion y representacion de los pueblos indios, con facultades para celebrar acuerdos, convenios y tratados con el Estado Mexicano y otros pueblos. Asimismo, el cumplimiento y aplicacion del gobierno mexicano del Convenio 169 sobre pueblos indigenas de la Organizacion Internacional del Trabajo, vigente en nuestro pais desde 1991, en todo aquello que favorezca los intereses de los pueblos indios. .