PAG. 5 SECCION: Inf. Gral. CABEZA: Se circunscriben los acuerdos solo a los problemas locales CREDITO: MIGUEL ANGEL RAMIREZ, ENVIADO SAN CRISTOBAL DE LAS CASAS, Chis., 1 de marzo.-Con el compromiso de reformar los articulos 4o. y 27 Constitucional y modificar la Ley Electoral Federal y estatal, el gobierno dio respuesta a un pliego de 34 demandas del Ejercito Zapatista de Liberacion Nacional (EZLN), de los cuales los dos referentes a la democracia nacional no son parte de la negociacion, pero han sido claramente contestados. El anuncio de que, con el consenso de los partidos, habra periodo extraordinario del Congreso para reformas que garanticen la imparcialidad de los organos electorales y la participacion de los ciudadanos, es un paso importante en la direccion del cambio democratico que contribuye a la construccion de la paz en Chiapas, senalo Roberto Salcedo, colaborador del Comisionado para la Paz y la Reconciliacion en la entidad, quien tuvo a su cargo la lectura del documento de 35 cuartillas. En relacion al punto Cuarto del EZLN que pide un nuevo pacto entre los integrantes de la federacion que acabe con el centralismo y permita a regiones, comunidades indigenas y municipios autogobernarse con autonomia politica, economica y cultural, el Comisionado del Gobierno respondio que el proceso para lograrlo estaria vinculado a la discusion, aprobacion y promulgacion de la Ley General de los Derechos de las Comunidades Indigenas, ley que se preparara a partir de las demandas, opiniones, preocupaciones y consensos politicos de las comunidades indigenas de Chiapas y de las otras comunidades indigenas del pais, y cuya iniciativa sera enviada por el Ejecutivo Federal al Congreso de la Union en el proxio periodo de sesiones en el mes de abril de 1994. Dicha Ley reglamentara lo concerniente al parrafo primero del articulo 4o. Constitucional y a las fracciones que se refieran a los asuntos agrarios de las comunidades indigenas en el articulo 27, con el proposito de fortalecer las facultades del Estado para la restitucion de tierras y para el fraccionamiento de latifundios. La iniciativa de ley reconocera como validas, y con jurisdiccion en terminos de ley, a las instituciones, autoridades y organizaciones tradicionales de las comunidades y su control por parte de estas ultimas, asi como los procedimientos que emplean para aplicar la ley, sus reglas consetudinarias y sus habitos, costumbres, usos y tradicionales en sus relaciones familiares, civiles, de comercio interno, de sancion de faltas, de tenencia, aprovechamiento agricola de sus tierras. En Chiapas no se realizo en plenitud el proceso de reforma agraria de la Revolucion Mexicana. Es necesario generar una salida a los numerosos conflictos agrarios, dando garantias a la pequena propiedad, indico Salcedo. En la ceremonia que se llevo a cabo en el interior de la Catedral de esta ciudad, el Comisionado del gobierno informo que se prepara la Iniciativa de Ley de Justicia Agraria del Estado de Chiapas que desarrollara tres contenidos principales: El fraccionamiento y enajenacion de latifundios (fundado en la fraccion XVII del articulo 27 Constitucional, la integracion y proteccion del patrimonio familiar en las comunidades indigenas cuyo objeto coomprende, ademas de la vivienda familiar, la tierra de labor, los utiles, asperos y animales de trabajo, sobre la base de que no estara sujeto a embargo ni a gravamen alguno; y la integracion del fondo de tierras para la atencion de las necesidades de tierra y establecimiento de sus normas de funcionamiento .. Para el efecto, el Ejecutivo estatal enviara al Congreso local la iniciativa correspondiente con objeto de que sea discutida en el proximo periodo ordinario de sesiones. Y las adecuaciones legales que permitan la plena proteccion del patrimonio familiar. Se sancionara a quien discrimine a indigenas En atencion al punto 15 del pliego petitorio del EZLN donde piden ya no seguir siendo objeto de discriminacion y desprecio que han venido sufriendo desde siempre los indigenas, el Gobierno preparara una iniciativa de ley fundada en el 4o. Constitucional para sancionar por primera vez en nuestro sistema juridico, la discriminacion de particulares en contra de indigenas y para establecer las obligaciones de las instituciones del Estado para hacer efectiva la igualdad ante la ley, incluyendo la creacion de la Procuraduria de Defensa de los Derechos de los Indigenas. En contestacion al punto 16 donde los indigenas solicitan que los dejen organizarse y gobernarse con autonomia propia, porque ya no quieren ser sometidos a la voluntad de los poderosos nacionales y extranjeros, hubo una respuesta del Comisionado en donde explica que este asunto se responde en la Ley General de los Derechos de las Comunidades Indigenas, en la reforma a la Constitucion del Estado de Chiapas, en la nueva distritacion electoral, en las diversas reformas a la administracion de justicia, en el co nvenio fiscal entre el gobierno y los municipios de Chiapas y en la creacion de nuevos municipios en los territorios actuales de Ocosingo y Margaritas. Respecto al punto 23, el Estado Federal responde que al dia siguiente de la firma del acuerdo de paz, se iniciara la aplicacion de la Ley de Amnistia, tanto federal como estatal, en favor de las personas en contra de las cuales se hubiere iniciado accion penal sea del orden federal o estatal por los hechos suscitados en el conflicto de Chiapas. Se derogara el actual Codigo Penal del Estado de Chiapas, y se promulgara otro, cuya orientacion sea el respeto a las garantias individuales y derechos politicos, dando plena certidumbre juridica para su ejercicio. El nuevo Codigo Penal tipificara como delito la practica de la expulsion. Para tal proposito el Ejecutivo Estatal enviara al Congreso Local, en el proximo periodo ordinario de sesiones, la iniciativa de ley correspondiente. El Gobierno Federal apoyara la creacion de una Comision Nacional de Paz con Justicia y Dignidad, la cual desempenara un papel clave en la vigilancia del cumplimiento de los acuerdos contenidos en este compromiso politico para una paz digna en Chiapas. Sobre la democracia en Chiapas, se realizaran elecciones generales con el reconocimiento legal de todas las fuerzas politicas de la entidad. Para la transparencia de este proceso, se procedera a preparar una nueva Ley Electoral que comprenda los avances necesarios para garantizar la imparcialidad del proceso electoral y una nueva distritacion que garantice la representacion equitativa de las etnias en el Congreso de Chiapas. El rediseno de los distritos que reconocen la presencia predominante de poblacion indigena, abrira la posibilidad de la representacion de las comunidades en el Congreso Local y por correspondencia en la Camara de Diputados del Congreso de la Union. Se reformaria la Constitucion del Estado de Chiapas y la Ley Organica Municipal para crear nuevos municipios, en el actual territorio de los municipios de Ocosingo y las Margaritas, que permitan una mejor representacion y cercania de las autoridades al pueblo, con modalidades de cabildos, que den lugar a una nueva relacion de las comunidades indigenas con el Gobierno del Estado. Se reformara el Calendario Electoral a efecto de que la eleccion de gobernador se celebre junto con las elecciones para renovar el Congreso Local y los gobiernos municipales. Para tales propositos se convocara a la realizacion, en los primeros 15 dias del mes de abril de 1994, de un periodo extraordinario de sesiones. .