GUIA: R08PROCE SECCION ECONOMIA PAG. 23 CABEZA: PROCESO ANTIDUMPING CONTRA EL CABLE DE ACERO MEXICANO 19 DE FEBRERO 2 de FEBRERO El Departamento de Comercio de Estados Unidos determina que las importaciones de cable de acero de Mexico se venden con dumping e impone un arancel provisional de 111.68^ 19 de FEBRERO La ITC (Comision de Comercio Internacional de EU) se reune con representantes de la industria acerera de EU y de exportadores mexicanos para escuchar los argumentos de cada una de las partes. 8 de MARZO La ITC dictamina que las exportaciones de cable de acero perjudican a la industria siderurgica de EU y, po r lo tanto, hace definitiva la cuota compensatoria de 111.68^ definida el 2 de febrero. 15 de MARZO La ITC notificara al Departamento de Comercio su resolucion, con lo que este emitira una orden al Servicio de Aduanas para imponer las cuotas compensatorias al cable de acero mexicano .