SEC. INF. GRAL. PAG. 4 CINTILLO: HIPOTESIS FORTALECIDA CABEZA: En el crimen de Colosio solo participo Aburto Martinez, afirma Migue Montes CREDITO: MARTHA PATRICIA ZUGAYDE El asesinato de Luis Donaldo Colosio Murrieta fue cometido por un solo hombre: Mario Aburto Martinez, sin que necesariamente la conducta de los demas inculpados haya sido determinante en los hechos del 23 de marzo, segun establecen las investigaciones mas recientes, indico la Subprocuraduria Especial encargada de resolver el caso. En un informe de 17 cuartillas, Miguel Montes Garcia explico que "a la luz de las investigaciones recientes, en particular los estudios sobre la personalidad del autor del homicidio que fueron presentados ayer al juez primero de distrito en Toluca, Alejandro Sosa Ortiz se fortalece la hipotesis de que el asesinato fue cometido solo por Aburto Martinez". Asimismo, presento a dicho juzgador nuevos elementos de prueba que aunados a los ya rendidos, se demostrara la existencia de los hechos delictuosos materia de juicio, en particular que Aburto Martinez asesino a Colosio Murrieta con premeditacion, alevosia y ventaja. Preciso que las investigaciones continuaran enfocadas en las dos hipotesis iniciales realizadas conjuntamente con la Procuraduria General de la Republica (PGR). La primera consistente en que Aburto Martinez cometio el homicidio solo y la segunda, que fue auxiliado por otros sujetos. Ambas permiten establecer de modo indubitable como autor material a Aburto Martinez. El subprocurador detallo que desde que asumio su cargo, la PGR ya habia optado por la presuncion de la accion concertada, lo que expresa que en esa misma fecha habia ejercido accion penal en contra de Tranquilino Sanchez Venegas. Mas tarde, dijo, la subprocuraduria recomendo el ejercicio de la accion penal en contra de Vicente Mayoral Valenzuela, Rodolfo Mayoral Esquer y Rodolfo Rivapalacio Tinajero. Dentro de esta presuncion se imputaron acciones a dos sujetos que se denominaron: "el lentes" y "el clavadista", que ahora se sabe responden a los nombres de Hector Javier Hernandez Thomassiny y Mario Alberto Carrillo. Reconocio que a la fecha, la investigacion no ha aportado nuevos elementos de prueba que vengan a fortalecer los que sirvieron para consignar a los Mayoral y Sanchez Venegas. Explico que al ejercer accion penal en contra de los Mayoral y Ruvapalacio Tinajero, las estimaciones periciales sobre videos y fotografias del suceso fueron factores relevantes, aunque no unicos, para fundar tal determinacion. Aclaro que obran otras pruebas a las cuales se les dio valor inicial. Entre estas ultimas vale considerar las declaraciones de los propios procesados. En relacion con Mayoral Esquer, se tomaron en cuenta las declaraciones de Roberto Cardenas Sanchez, de Rivapalacio Tinajero, del coronel Federico Reynaldos del Pozo, asi como diligencias de inspeccion ocular de videos y peritaje sobre lenguaje. Por lo que se refiere a la conducta de Mayoral Valenzuela, se consideraron las declaraciones de esas mismas personas, mas las de Fernando de la Sota Rodalleguez y Alejandro Garcia Hinojosa. En tanto, a la actitud de Sanchez Venegas, pueden agregarse las declaraciones de Graciela Gonzalez Diaz, del general brigadier Domiro Roberto Garcia Reyes, asi como las diligencias de inspeccion ocular de videos. Montes Garcia destaco que los peritos espanoles que intervienen en el analisis de videos, no asumieron el compromiso para el examen de otro tipo de probanzas, como las antes citadas y que obran en el proceso. No puede hablarse de coincidencia cabal entre las apreciaciones ministeriales sobre los videos y las de los analistas espanoles. De lo asentado en la autopsia practicada a Colosio Murrieta, respecto al tamano de los orificios de entrada de las dos heridas, once milimetros la de la cabeza y nueve milimetros la del abdomen, se ha querido suponer el uso de dos armas de distintos calibres. En ese sentido, los peritos de la subprocuraduria senalan que es muy aventurado pretender determinar por las dimensiones de un orificio de entrada en la piel el calibre del proyectil que lo produjo, ya que en ello intervienen varios factores, entre otros la distancia del disparo y forma del proyectil. En su informe, Montes Garcia tambien se refiere a la posible participacion de Jorge Antonio Sanchez Ortega, agente del Centro de Investigacion y Seguridad Nacional de la Secretaria de Gobernacion, en el homicidio de Colosio Murrieta. Sanchez Ortega fue aprehendido el dia de los hechos por la Policia Municipal de Tijuana y llevaba una mancha de sangre en su chamarra blanca, se le practico la prueba de rodizonato de sodio y le resulto positiva en la palma y reverso de su mano derecha y en el reverso de la izquierda, aunque no se determina la cantidad de bario o plomo detectados. Sanchez Ortega fue puesto en libertad, bajo las reservas de la ley, por no encontrarsele elementos que demostraran su responsabilidad en los hechos y sus declaraciones coinciden con las de Moises Aldana Perez, Rosa Maria Gonzalez Herrera y Margarita Gonzalez Herrera estas ultimas eran las que atendian el estanquillo al que se dirigio Sanchez Ortega a comprar alimentos y en donde escucho la musica que indicaba el fin del acto del ex candidato priista lo que corrobora las declaraciones de Sanchez Ortega. Montes Garcia, manifesto que "a todos los mexicanos nos interesa saber la verdad de lo acontecido". Ratifico su compromiso de averiguarla y de atenerse a ella, sin mas presiones que el cumplimiento de la ley "que me ordena allegar al juez los elementos probatorios para que el, y solo el, determine inocencia o culpas". .