PAG. 13 SECCION: INF. GRAL. CINTILLO: FALLO DE LA SCJN CABEZA: Improcedente el recurso de queja contra la Ley de Participacion Ciudadana La Suprema Corte de Justicia de la Nacion desecho por improcedente la demanda de inconstitucionalidad formulada por asambleistas de oposicion contra la Ley de Participacion Ciudadana del Distrito Federal. Mediante un comunicado, el ministro instructor Juventino V. Castro y Castro senalo que la demanda formulada por el panista Fauzi Hamdan Amad y otros asambleistas del PRD, PT y PVEM se desecho por "notoriamente improcedente", ademas de que la Suprema Corte de Justicia no esta facultada constitucionalmente para intervenir sobre la legalidad de las controversias electorales. Ni tampoco, dice el escrito, puede juzgar sobre la validez constitucional de las leyes que han instituido los procedimientos a los que habran de ajustarse las elecciones de representantes populares, ya que esto seria tanto como apartarse del camino que ha trazado el Constituyente Permanente para el mas alto tribunal del pais. El ministro instructor basa su determinacion entre otros argumentos en que "la presente accion de inconstitucionalidad debe desecharse por notoriamente improcedente, pues lo que los asambleistas pretenden mediante su ejercicio que se declare la invalidez de las disposiciones de la Ley de Participacion Ciudadana que impiden a los partidos politicos con registro nacional postular candidatos al cargo de consejeros ciudadanos del Distrito Federal". En dias pasados, un grupo de asambleistas encabezados por el panista Fauzi Hamdan Amad presentaron ante este maximo tribunal la demanda de amparo para que se declararan anticonstitucionales los articulos 60 al 68 y el 71 de la Ley de Participacion Ciudadana. Ayer, se les notifico el fallo. .