SEC. INF. GRAL. PAG. 8 CINTILLO: ACUERDOS DEL IFE CABEZA: Seis meses despues de los comicios podran las juntas distritales del IFE destruir papeleria electoral En la publicacion se senala que el Consejo General del IFE declaro validos y definitivos el padron electoral y las listas nominales de electores para los comicios federales del proximo 21 de agosto, informo el organismo. Preciso que los documentos y estudios que sirvieron de base para este acuerdo, estaran a disposicion de los ciudadanos mexicanos y organizaciones interesadas, para su consulta y analisis, en sus instalaciones. Explico que estas disposiciones derivan de la reforma promovida por el gobierno federal, partidos politicos y ciudadania, concretada en el Codigo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para establecer un sistema tecnico-juridico integral y crear instrumentos electorales confiables y seguros. Por otro lado, el Consejo General del IFE emitio un acuerdo mas donde senala los lineamientos para el cotejo de listas nominales de electores que recibiran los partidos politicos, con las que se utilizaran el dia de las elecciones. Senalo que cada uno de los juegos de cajas que contengan las listas nominales de un distrito, entregadas a cada partido el pasado 21 de julio, deberan ser correctamente identificados y ordenados, numerandose cada tanto, en orden consecutivo, hasta el 12. Posteriormente, aclara, se sortearan estos juegos entre los representantes de los partidos politicos en el siguiente orden: PAN, PARM, PDM, PFCRN, PPS, PRD, PRI, PT y PVEM, en un acto bajo presencia de notario publico. El fedatario tomara el decimo juego, de donde se obtendran los listados para distribuir entre consejos distritales y directivos de casilla, en tanto que otro juego se podra utilizar para reposiciones y el ultimo se entregara al vocal local del Registro Federal de Electores para consulta ciudadana. El Consejo General del IFE subrayo que el 1 de agosto, los partidos politicos deberan entregar en las oficinas de los consejos distritales las listas nominales que les fueron entregadas el pasado 21 de julio, para realizar el cotejo de las mismas. Una vez cotejados los datos, se levantara el acta respectiva para remitirla al consejo tecnico del padron electoral, en las 24 horas siguentes a partir de la conclusion del procedimiento. En otro acuerdo se explica que el pasado 20 de julio el Consejo General del IFE aprobo la disposicion que senala que los presidentes de los consejos distritales podran destruir, en el plazo fijado, copias certificadas de la documentacion y actas de los expedientes de los computos distritales, con base en el Cofipe. El documento, firmado por el director general del Consejo General del IFE, Arturo Nunez Jimenez, aclara que el procedimiento de destruccion se realizara previo acuerdo del Consejo General del IFE. Comportamiento de los medios de comunicacion Para contribuir al desarrollo de la vida democratica y fortalecer el regimen de partidos politicos, el IFE publico dos acuerdos sobre el comportamiento de los medios de comunicacion electronicos en la cobertura de campanas electorales. Uno de ellos se refiere a la necesidad de informacion y difusion equilibrada de las actividades de campana de los partidos politicos, y el otro a la suspension de propaganda electoral partidaria pagada en medios electronicos de comunicacion, 10 dias antes de la jornada electoral. El IFE preciso que segun el acuerdo unanime de los nueve partidos contendientes, los medios deben informar en forma veraz, objetiva, equilibrada, plural y equitativa, las actividades proselitistas de los diversos candidatos. Se busca tambien respetar el derecho a la informacion de los mexicanos, asi como instruir a la Comision de Radiodifusion para que quincenalmente, a partir del 30 de junio, entregue un informe con el monitoreo de los principales noticiarios de radio y television. Este monitoreo, precisa, permitira un analisis global de la cobertura de las campanas electorales, indico el IFE. Demanda ademas a los concesionarios de radio y television, el cumplimiento de sus obligaciones juridicas y deberes sociales, para contribuir al fortalecimiento de la integracion nacional y orientar a la poblacion con informacion respecto a la transparencia y credibilidad del proceso electoral. En otro acuerdo determina la suspension de la propaganda electoral partidaria pagada en medios electronicos de comunicacion, 10 dias antes de la jornada electoral, con excepcion de la relativa a los actos de cierre de campana. .