SECCION INF. GRAL. PAGINA 12 BALAZO: ANTONIO GARCIA VILLA CABEZA: EXISTEN BASES PARA ENJUICIAR A CARLOS SALINAS DE GORTARI Existen bases en el marco juridico del Codigo Penal para realizar un juicio penal al expresidente Carlos Salinas de Gortari por traicion a la patria y delitos graves, afirmo el subcoordinador de la fraccion panista en la Camara de Diputados, Juan Antonio Garcia Villa. Explico, asimismo, que el juicio politico contra el exmandatario no procede, por estar exonerado, segun lo establecido en el articulo constitucional 110. "Jaime Serra Puche, Pedro Aspe Armella -exsecretarios de Estado- Miguel Mancera Aguayo -gobernador del Banco de Mexico- y Carlos Salinas de Gortari son responsables penalmente por los delitos en que pudieran haber incurrido durante el desempeno de su encargo", manifesto el parlamentario. Indico que por disposicion constitucional un presidente o expresidente de la Republica solo puede ser acusado penalmente por traicion a la patria y delitos graves del orden comun; no obstante, esta ultima comision de delito seria el unico caso para Salinas, segun el articulo 108 de la Carta Magna. En declaraciones a La Nacion, el organo informativo del Partido Accion Nacional, Garcia Villa enfatizo que los exintegrantes del gabinete economico y el gobernador del Banco de Mexico si pueden ser enjuiciados por cualquier otro delito en que pudieran haber incurrido. En el caso de Salinas, comento que en materia de un juicio politico "parece que efectivamente tienen razon quienes se basan en lo que dispone el articulo 110 constitucional, ya que el presidente no puede ser sujeto de responsabilidad politica al no estar mencionado expresamente". La otra sancion posible, prevista por la Ley de Responsabilidades en Materia Politica, es la inhabilitacion por un periodo de hasta 20 anos, en el cual no podria ejercer ningun cargo politico. Garcia Villa considero que "a un expresidente ya no le interesaria ocupar otro cargo publico y esa no seria, por lo tanto, ninguna sancion, porque el unico que le podria interesar seria el de presidente de la Republica y constitucionalmente ya no lo puede volver a ocupar". Con respecto a la destitucion por acusaciones de corte politico, anadio que "me parece desproporcionado que un presidente de la Republica pudiera ser destituido por cualquier conducta omisa o no omisa, si cometiera alguna falta que redundara en perjuicio de los intereses generales. Quiza esa seria la explicacion de por que el presidente no se considera expresamente como sujeto a juicio politico". .