4 SEC. INF. GRAL. PAG. 4 CINTILLO: INICIATIVA CABEZA: Permitirian participacion privada en Ferronales los cambios al art. 28 CREDITO: RAUL RAMOS ALCANTARA e ello signifique violentar su historia y tradiciones. En el anteproyecto de decreto tambien se establece que a fin de atender la demanda domestica de servicios con satelites mexicanos y poder competir con otros paises, es necesario contar con los proyectos y el financiamiento que den sustento a las negociaciones para obtener nuevas posiciones orbitales y aumentar nuestra infraestructura satelital. Las consecuencias de no tomar las acciones conducentes para la atencion de tales necesidades se traducira en una mayor dependencia en la utilizacion de sistemas del exterior. Por ello, se plantea que la comunicacion via satelite adopte el caracter de actividad prioritaria, donde confluya la participacion social con la de los particulares. La rectoria del Estado, se asienta en el documento, no exige necesariamente la propiedad, operacion y explotacion de los satelites, sino un marco juridico que regule el aprovechamiento de las posiciones orbitales y las frecuenciales destinadas a la comunicacion por este medio. En el paquete de iniciativas que enviara el Poder Ejecutivo tanto a la Camara de Diputados como de Senadores para su discusion y probable aprobacion en el periodo extraordinario de sesiones que hoy inicia, se encuentra la relativa a su propuesta de integracion de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion. Sin dar a conocer los nombres de las 18 personas, de entre las cuales el Senado ratificara los nombramientos de 11, resalta que todos ellos se han distinguido en las diversas ramas del quehacer juridico, entre los que destacan funcionarios de carrera en el ejercicio de la funcion jurisdiccional; servidores publicos con experiencia en la interpretacion y aplicacion del derecho, cuyo ejercicio profesional permite asegurar que reunen las condiciones que garantizan la capacidad, probidad e independencia necesarias para el desempeno de dicho cargo. Y en el caso de la reforma al articulo dos de la Ley de Ingresos de la Federacion para el Ejercicio Fiscal de 1995, se propone adecuar el monto maximo de endeudamiento neto externo al esquema de determinacion libre de la paridad cambiaria de nuestra moneda. Al efecto, se estima conveniente que el monto aprobado originalmente de 17 mil 494.4 millones de nuevos pesos, quede referido al equivalente en moneda nacional de cinco mil millones de dolares. De igual manera se somete a la consideracion del Poder Legislativo, la autorizacion para que el Ejecutivo, por conducto de la Secretaria de Hacienda, contrate credito o emita valores al exterior con el unico fin de canjear o refinanciar los valores gubernamentales denominados "Bonos de la Tesoreria de la Federacion" que se encuentran en circulacion. .