PAG. 18 SECCION: ECONOMIA CABEZA: EN 1996, EL CAMBIO DE BILLETES: BDEM Con el fin de continuar el proceso que uniformara las piezas del sistema monetario de los Estados Unidos Mexicanos, se informa que el Banco de Mexico (Banxico) ha expedido una resolucion que aparecera publicada el 23 de diciembre de 1993 en el Diario Oficial de la Federacion, conforme a la cual, a partir del primero de enero de 1996, los billetes denominados en pesos, que hoy dia son de curso legal, dejaran de tener poder liberatorio y en consecuencia nadie estara obligado a recibirlos con posteridad a esa fecha. Para evitar cualquier perjuicio a los tenedores de dichos billetes, Banxico y las instituciones de credito canjearan ilimitadamente, hasta el 31 de diciembre de 1995, los billetes a que se refiere el parrafo anterior por billetes y monedas metalicas denominados en nuevos pesos. Este canje se hara a la equivalencia de mil a uno, fijada en el Decreto por el que se creo una nueva unidad del sistema monetario de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federacion el 22 de junio de 1992 .. Durante 1993, 1994 y 1995, los billetes denominados solo en pesos mantendran su poder liberatorio, por lo que nadie podra rehusarse a recibirlos, a la equivalencia de mil a uno, en pago de obligaciones dinerarias. No obstante, Banxico, directamente o a traves de sus corresponsales, continuara canjeando los billetes a que se refiere el parrafo anterior por billetes y monedas de curso legal, con posterioridad al primero de enero de 1996 y hasta nuevo aviso. .