SECCION ECONOMIA PAGINA 21 BALAZO: ADRIAN LAJOUS SE REUNIO CON DIPUTADOS DE LA COMISION DE ENERGETICOS CABEZA: No habra tope a la inversion extranjera en la produccion de petroquimica secundaria SECUNDARIA: Inviable en el corto plazo bursatilizar activos del sector CREDITO: MARIBEL RAMIREZ El capital extranjero no tendra limites para participar en la produccion de petroquimicos secundarios, pues ni el Tratado de Libre Comercio (TLC) ni la Ley de Inversion Extranjera lo impiden, pero el gobierno federal alentara que tambien entren empresas nacionales capaces de administrar y operar los complejos con los recursos economicos necesarios para garantizar su desarrollo y crecimiento. Asi lo senalo a legisladores el director general de Petroleos Mexicanos (Pemex), Adrian Lajous Vargas, en una reunion con la comision de Energeticos de la Camara de Diputados, donde explico por que el marco juridico es claro en no establecer restricciones al origen nacional de los participantes en la produccion de productos petroquimicos secundarios. Puntualizo tambien los argumentos por los que actualmente este sector no se puede bursatilizar, ya que la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) no tendria suficiente capacidad para absorber los cuantiosos activos, que de acuerdo con datos de Pemex ascienden a 22 mil 900 millones de nuevos pesos. Dijo que bursatilizar en el corto plazo los activos petroquimicos en venta se ve impedido por dos factores principales: ello supondria que Pemex Petroquimica continuara siendo el operador de sus actuales plantas y complejos; y en segundo termino, para colocar acciones en la bolsa de valores se requiere de una historia operativa independiente de unos tres anos como minimo. Ademas, agrega, "dada la dimension de los activos en cuestion, la capacidad de absorcion accionaria a traves de la bolsa seria muy probablemente insuficiente". Plantea que, sin embargo, en el mediano plazo Pemex si podria colocar en la bolsa las acciones con las que se quede. Al asegurar que Pemex, al quedarse temporalmente con un porcentaje de estos activos, garantizara el respeto de los derechos laborales de sus trabajadores petroquimicos, aun con la venta de las plantas, el titular del organismo senalo que la desincorporacion de este sector es parte de un proceso largamente preparado con el proposito de hacer eficiente a la industria en el largo plazo. En torno al marco juridico, explico con detalle como la Ley de Inversion Extranjera (LIE) establece restricciones para la petroquimica basica, pero en ninguna de sus fracciones se refiere a la petroquimica secundaria, que ya es reservada exclusivamente al Estado. Menciono que lo mismo sucede con lo acordado en el Tratado de Libre Comercio. Reconocio que estas leyes tienen una aparente contradiccion con el reglamento de la Ley Reglamentaria del articulo 27 constitucional en el ramo del petroleo recien reformado, pues este ultimo indica que la elaboracion de petroquimicos secundarias podra ser realizada por organismos del Estado o por particulares mexicanos. Pero esta aparente contradiccion se resuelve, dijo, si se considera que "la LIE es una ley especial que prevalece sobre cualquier disposicion que se le oponga del mismo rango y, con mas razon, sobre cualquier otra de rango inferior". Ademas, agrega que como todo tratado la Constitucion da al TLC categoria de ley, y por tanto prevalece sobre cualquier otro ordenamiento cuyo contenido se le oponga. .