SECCION: INFORMACION GENERAL PAGINA: 3 BALAZO: MARIANO ALBOR, ABOGADO PENALISTA CABEZA: "Por razones exclusivamente juridicas, creo que Ruiz Massieu no va a ser extraditado" CREDITO: VICENTE BELLO ENTRETEXTOS: No solo califico de erronea la forma en que se presento la demanda de extradicion, sino tambien de irresponsable Me parece francamente atroz la explicacion del subprocurador Estrada Samano, es como si narrara un partido entre las chivas y el America Directo, sin parpadear y con la palabra bien afilada, la voz de Mariano Albor corto el aire de su oficina: -Ademas de erronea, la demanda de extradicion a Mario Ruiz Massieu fue elaborada irresponsablemente... Creo que no sera extraditado. Experto en Derecho Penal y estudioso de los tratados de extradicion, Albor afirmo que el "desconocimiento" de estos asuntos por parte de las autoridades es tal que de plano lo tildo de "atroz". Que el subprocurador general de la Republica, Rafael Estrada, semeja un "cronista deportivo"; que el juez Hedges esta actuando juridica y no politicamente; que el Ministerio Publico poco ha aportado tecnicamente; que la procuraduria deberia tener a su lado derecho un abogado norteamericano. Esta es la entrevista: -En los dias recientes se ha vuelto a insistir en la demanda de extradicion de Mario Ruiz Massieu, pero desde su perspectiva, que posibilidades reales existe de que se logre? -Me gusto mucho su pregunta. Esta es una conversacion que puede comenzar por el final. Creo que Mario Ruiz Massieu no va a ser extraditado a Mexico por razones exclusivamente juridicas. No veo implicaciones politicas, si es que se pierde la extradicion. -Que ocurrio en el primer intento de extradicion? Por que no se logro? -Teniendo una nocion de los hechos que se le imputan a Ruiz Massieu, de los antecedentes que rodean su quehacer como investigador a cargo de la averiguacion previa que se refiere a los hechos relacionados con la muerte de su hermano Jose Francisco -su renuncia al cargo, de su militancia partidista, de comparecencias en el Ministerio Publico, su viaje al extranjero interrumpido por un acto de torpeza de su parte- el primer procedimiento de extradicion, me parece, ya forma parte de una experiencia muy importante para la sociedad mexicana, porque la muerte de Luis Donaldo Colosio y la de Jose Francisco Ruiz Massieu han puesto en evidencia el desconocimiento social que existe respecto de las instituciones penales del pais. Es censurable que se desconozcan los procedimientos penales, pero mas grave aun que tambien lo desconozcan las autoridades encargadas del caso. -Por que considera erronea la forma en que se presento la demanda de extradicion? -No solamente la califico de erronea, sino tambien de irresponsable. El manejo previo, contemporaneo y posterior a la decision del juez Hedges es una franca irresponsabilidad, por muchas razones. -Como cuales? -Hay desconocimiento de la naturaleza juridica de una vieja institucion como es la de extradicion. Tambien de su marco normativo constitucional de leyes ordinarias y de tratados multilaterales y bilaterales. Hay desconocimiento de la tecnica de extradicion. Todo lo que se ha hecho en este caso indica desconocimiento en un procedimiento de caracter internacional y, sobre todo, cuando se relaciona con los Estados Unidos de Norteamerica. -A quien, o quienes, podria adjudicarse esa irresponsabilidad a que refiere? -Primero, a la falta de conocimiento por parte de nuestras instituciones -y no solo de la Procuraduria General de la Republica en este tiempo. Normalmente, el Ministerio Publico -acostumbrado a realizar actos de poder- en realidad aporta poco trabajo tecnico. -Como podria observarse la figura juridica de extradicion? -La extradicion no es un mero tramite de "me das y te recibo". Implica actos de soberania, actos de tecnica parlamentaria; en nuestro caso importa a la federalidad y al presidente Zedillo tambien. Y mucho. -Pero en todo esto donde queda la irresponsabilidad que usted refiere? -Hay personal incompetente que incluso elementalmente desconoce el idioma ingles. Y no es de ahora, cuando la extradicion de Arturo Durazo, en la Corte de Los Angeles, era lamentable ver a la gente de la procuraduria como si estuviera viendo una pelicula en ingles sin titulos en espanol... Una irresponsabilidad metida en las autoridades penales. -Por ejemplo? -Estiman anticipadamente lo que van a hacer, lo que plantearan y lo que van a obtener. Y una vez que pierden la extradicion, la explicacion de Rafael Estrada Samano, subprocurador general de la Republica, se parece a la de un deportista y no da al caso la importancia que la sociedad mexicana le ha dado, por la trascendencia politica. Y cuando el senor subprocurador Estrada Samano nos da una explicacion en un lenguaje deportivo, me parece lamentable, porque los juristas mexicanos formamos parte de u na tradicion que lleva ya mas de cinco siglos, y que desde el siglo XIX nos hemos distinguido como hombres de nuestro tiempo, conocedores y estudiosos del Derecho. Darle a la sociedad una explicacion de caracter deportivo me parece una gran frivolidad. -Disculpe mi desmemoria o falta de atencion a aquellas declaraciones: A que le llama "explicacion de caracter deportivo"? -Cuando nos explica que la extradicion "no ha terminado, porque esto, como en el deporte, no termina hasta que termina, y que vamos al segundo tiempo y vamos a demostrar que cubrimos toda la cancha"... y me parece francamente atroz. Es como si estuviera narrando un partido entre las Chivas y el America. -En esta nueva fase de la demanda de extradicion, que se puede esperar? -Tenemos que ver detalladamente la extradicion en el tratado. Debemos recordar que nosotros estamos vinculados con los Estados Unidos de Norteamerica, en materia de extradicion, por dos tratados: el multilateral de Montevideo de 1934 y el bilateral de 1980. De acuerdo con el principio de supremacia de la Constitucion, los tratados son leyes. Y si el tratado inicio su vigencia en l980 y se referia las figuras delictuosas que tenian ambos Estados hasta antes de iniciarse la vigencia, por natura leza el tratado no puede incluir los delitos que son posteriores. Entonces, en la primera etapa, en la extradicion que perdieron, plantearon delitos de servidor publico que iniciaron su vigencia en 1982... En este segundo intento llevan como delito la tortura, el peculado y el lavado de dinero, segun ha informado el "cronista deportivo" Rafael Estrada Samano, donde la aparicion de los ilicitos relacionados con el lavado de dinero en el Codigo Fiscal son en 1990, la tortura tambien y el peculado en 82. No pu eden ser objeto del tratado, porque se estaria aplicando la ley retroactivamente. Ello esta prohibido por la Constitucion. -Que les sugeriria, al respecto? -Debe el subprocurador general de la Republica tener a su lado derecho a un abogado, un procesalista de los Estados Unidos de Norteamerica que conozca todas las instituciones, porque el tratado nos obliga a litigar de acuerdo con las leyes de los Estados Unidos. Si ellos estuvieran litigando aqui, pues estarian haciendolo con el modesto Codigo Maldonado... -Desde su apreciacion, que falta, pues, en este asunto de la nueva demanda de extradicion? -Personal que conozca las leyes vigentes de los Estados Unidos de Norteamerica y la judicatura... Como nos conducimos alla, el juez Hedges hizo un reproche que me parece correcto: hubo malas copias, mala redaccion, omisiones, traducciones incorrectas, copias incompletas. Y ningun juez puede trabajar sobre un expediente incompleto. Hay muchos descuidos que el abogado de Ruiz Massieu, Tony Canales, aprovecha, aunque el mas que los errores de la demanda esta insistiendo en el hecho de que su cliente no puede estar en un lugar donde se practica la tortura. La razon por la que se esta perdiendo la extradicion de Mario Ruiz Massieu no es tanto por el Tratado. La tactica del texano Canales se basa en enjuiciar al Derecho Penal de Mexico, un pais donde, dice, se practica la tortura. -Cree que el juez Hedges base su criterio en cuestiones politicas? -Estrictamente considero que sus razones son de tipo juridico. Tengo la conviccion de que el poder judicial de los Estados Unidos de Norteamerica no es influible por razones politicas. Esto es un espectro que manejamos aqui, pero no se practica alla. La decision del juez Hedges -no se si buena o mala- obedece a razones juridicas, exclusivamente. .