PAG. 15 SECCION: INF. GRAL. CINTILLO: El segundo tribunal rechazo las testimoniales CABEZA: Aceptan pruebas documentales contra la exoneracion de los Mayoral; audiencia el proximo 14 de agosto CREDITO: CRISTINA VALENZUELA, Corresponsal TOLUCA, Edomex, 31 de julio._El Segundo Tribunal Unitario del Segundo Circuito en Toluca rechazo hoy las pruebas testimoniales y admitio las documentales que presento la fiscalia especial para reforzar su apelacion a la sentencia absolutoria dictada por el juez a favor de Rodolfo y Vicente Mayoral, exonerandolos de responsabilidad en el homicidio de Luis Donaldo Colosio. Asimismo, fijo para el proximo 14 de agosto la audiencia de vista en que se presentaran ante este tribunal los agravios por la determ inacion del juez. Explico que las pruebas testimoniales con las que se pedia la comparecencia del general Domiro Garcia Reyes, del coronel Federico Antonio Reynaldos del Pozo y cinco personas mas para demostrar los nexos entre los Mayoral y Mario Aburto Martinez, se rechazaron con base en el articulo 378 del Codigo Federal de Procedimientos Penales, donde se establece que solo se admitira la prueba testimonial en segunda instancia cuando los hechos a que se refiera no hayan sido materia del examen de testigos en primera instancia. La determinacion de este tribunal, a cargo del magistrado Carlos Hugo Ramos, establece que los hechos materia de las testimoniales de Garcia Reyes, Reynaldos del Pozo y Eglantina Esquivel de Abad, acontecidos el 23 de marzo de 1994 en Tijuana, ya fueron motivo de estudio en primera instancia a cargo de diversos testigos. Mientras que de los testimonios pedidos de Delia Vazquez Vazquez, Maria Cristina Vazquez Ruvalcaba y Fernando Suarez Lopez, se desprende que se refieren a circunstancias relativas a que los Mayoral y Aburto Martinez se conocian antes de los hechos de Lomas Taurinas, lo cual tambien fue materia de diversos testimonios en primera instancia. El acuerdo del tribunal destaca, ademas, que la fiscalia no explico claramente en su pedimento el objeto de estas probanzas "ya que es evidente que en cuanto a la comparecencia de Domiro Garcia, Federico Reynaldos, Eglantina Esquivel y Roberto Cardenas, se podria llegar al conocimiento de la forma en que sucedieron los hechos, pero no al supuesto acuerdo previo e intervencion que se imputaba a Vicente y Rodolfo Mayoral", en tanto que en el caso de Vazquez Vazquez, Vazquez Ruvalcaba y Suarez Lopez, s olo se estableceria si los Mayoral y Aburto Martinez se conocian antes del acontecimiento, pero no se podria determinar ni presumir un acuerdo previo entre ellos en el sentido de participar en el homicidio. Tambien considero que si la subprocuraduria especial no ofrecio en la etapa de instruccion en primera instancia estas pruebas, no es razon suficiente para admitirlas, pues es evidente que la institucion ministerial actual tuvo toda la oportunidad para ofrecerlas y desahogarlas en esta instancia, incluso el personal que despues ha estado a cargo de la subprocuraduria. Las pruebas documentales admitidas son declaraciones ya rendidas por las mismas siete personas, algunas de ellas ante el Ministerio Publico, es decir, sin presencia de una autoridad judicial, y otras en el proceso que se sigue a Othon Cortes Vazquez, por lo que se anexaron copias certificadas a estas. La fiscalia dijo por su parte que los testimonios rechazados eran muy importantes, pues en su contenido se hubieran encontrado muchas cosas, sin embargo, se haran valer las documentales admitidas para atacar los argumentos del juez. Asimismo, indico no estar de acuerdo con la apreciacion del juez primero de Distrito en Toluca, Alejandro Sosa Ortiz, quien para la sentencia de los Mayoral recientemente liberados no tomo en cuenta pruebas no rendidas ante una autoridad judicial. En tanto, Eugenio Zafra, quien hoy se acredito como abogado de los Mayoral en segunda instancia, considero que el magistrado estuvo en lo correcto al rechazar las pruebas testimoniales y dijo que iba a objetarlas si se admitian, y en cuanto a las documentales senalo que las objetara pues en su concepto nada tienen que ver con sus clientes. Considero que no hay absolutamente nada contra los Mayoral, como lo demuestra el rechazo del tribunal y como lo expresara en la audiencia de vista. .