SEC. INF. GRAL. PAG. 8 CINTILLO: RESOLUCIONES DEL TRIFE SON DEFINITIVAS CABEZA: Entre domingo y lunes empezaria a recibir inconformidades de partidos SUMARIO: Octubre, fecha limite para dar a conocer sus resoluciones CREDITO: MIGUEL ANGEL RAMIREZ El proximo domingo o el lunes, el Tribunal Federal Electoral podria recibir el primer recurso de inconformidad presentado por los partidos politicos. Al termino del computo distrital viene un periodo de cuatro dias para que los partidos presenten el recurso de inconformidad a los consejos distritales del Instituto Federal Electoral (IFE). En el momento que el Consejo Distrital del IFE recibe la queja fija una cedula en los estratos de su oficina por 48 horas con el fin de que los terceros interesados (candidato o partido triunfador) presenten un escrito en el que se defienden. Luego de las 48 horas, el Consejo Distrital tiene dos dias para enviar al Tribunal Federal Electoral, junto con el recurso, el informe circunstanciado (lo que impugna el inconforme). Ya una vez que la documentacion es recibida por el Trife, el Tribunal tiene como fecha limite dar su resolucion el 5 de octubre, en lo que respecta a la eleccion de diputados. El 10 de octubre, lo relativo a la eleccion de senadores y presidente de la Republica, y el 19 de octubre, para la eleccion de asambleistas, informo el Tribunal Federal Electoral. Explico que el territorio nacional esta dividido en cinco salas. Cuatro regionales y una central. La Sala Central comprende los estados de Puebla, Tlaxcala y el Distrito Federal. Las salas regionales tienen como cabecera Guadalajara, Durango, Xalapa y Toluca, que a su vez comprenden el resto de los estados de la Republica. Una vez que las salas regionales y centrales emitan sus resoluciones sobre los recursos de inconformidad, los partidos politicos podrian presentar el recurso de consideracion que resuelve la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Federal Electoral. En esta sala, inaugurada recientemente, se pueden revisar las resoluciones de las salas regionales sobre los recursos de inconformidad. Tambien, revisara la asignacion de diputados o representantes a la Asamblea del Distrito Federal electos por el principio de representacion proporcional que realiza el Consejo General o Consejo Local del IFE, respectivamente. Por lo tanto, este jueves un partido presenta su recurso de inconformidad al Consejo Distrital del IFE y el domingo podria ser recibida la documentacion por el Tribunal Federal Electoral. Despues de estudiar el asunto, el Trife emite la sentencia o resolucion. Se informo que el Tribunal Federal Electoral, como institucion de la Republica encargada de resolver en forma definitiva e inatacable las impugnaciones que presenten en tiempo y forma los partidos politicos, esta preparado para cumplir de la mejor manera con la elevada y delicada funcion que se le ha confiado. En octubre del ano pasado quedaron integradas e instaladas las cuatro Salas Regionales en Durango, Xalapa, Guadalajara y Toluca, que junto con la Sala Central que es permanente, han venido resolviendo los recursos de apelacion y resolveran los de inconformidad por los que se impugnen los resultados electorales consignados en las actas de computo distritales, de entidad o de circunscripcion, asi como las declaraciones de validez y el otorgamiento de las constancias que realicen los Consejos del Instituto Fed eral de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe). La Sala de Segunda Instancia tendra que resolver los recursos de reconsideracion que los partidos politicos interpongan en contra de las resoluciones de las Salas Central y Regionales, recaidas a los recursos de inconformidad, cuando hagan valer agravios debidamente fundados por los que se pueda modificar el resultado de la eleccion de diputados, senadores o representantes a la Asamblea del Distrito Federal; siendo sus resoluciones definitivas e inatacables, concluyo el Trife. .