PAG. 18 SECCION: INF. GRAL. CINTILLO: DONDE NO EXISTA RAPIDEZ SE PONE EN PELIGRO LA PAZ SOCIAL, AFIRMA EL OMBUDSMAN CABEZA: RECHAZA CNDH QUE EXISTA RETRASO EN LA IMPARTICION DE JUSTICIA CREDITO: RUBEN GARCIA Y FRANCISCO MEJIA efensa de derechos humanos. Cuestionado al termino del evento efectuado en un hotel capitalino sobre recientes hechos en entidades del pais donde la sociedad ha tomado la justicia en sus manos, ante la aparente lentitud de los organos de procuracion y administracion de justicia, dijo que hay un peligro latente en cualquier parte del mundo donde la ley no se pronuncia en forma rapida. Senalo empero que este fenomeno no se tiene que medir con el mismo rasero. "En el caso de Mexico hay tribunales que estan funcionado bien y resolviendo las demandas de justicia con prontitud", por lo que, anadio, seria injusto decir que todo el pais esta asi. En otro momento, al hacer un balance de los logros de la mencionada reunion, Moreno Rodriguez califico de extraordinario el hecho de que instituciones como los Tribunales Superiores de Justicia del pais (29 estados asistentes) y las Comisiones de Derechos Humanos de los mismos se hayan reunido para poner en claro "puntos oscuros" entre ambos. Al referirse a estos ultimos, dijo que es fundamentalmente ver hasta donde llega la competencia de las comisiones y hasta que punto no. Nosotros no vamos a sustituir a los tribunales, ni lo pretendemos hacer, sino que vamos a complementarlos y apoyarlos en su "importantisima tarea de administracion de justicia". Dijo asimismo que las diferencias para la imparticion de justicia entre ambas entidades (tribunales y comisiones) es natural y razonable. Las comisiones de derechos humanos son nuevas en el escenario de nuestro pais, por lo tanto era incuestionable que tenia que haber unos puntos oscuros para definir las competencias de ambas instituciones. "Ustedes pudieron ver la gran transparencia y claridad con que se dio el encuentro y todo ello es en beneficio de la poblacion", reitero. Al aclarar una de las ponencias sobre cambios al articulo 102 constitucional, dijo que en algunas entidades federativas su constitucion no le permite a la comision estatal conocer de cuestiones administrativas de los poderes judiciales de los estados. Esto, dijo, entra en contradiccion con el articulo 102 de la Constitucion, que solo dejo fuera del alcance de la atencion de las comisiones de derechos humanos los actos del Poder Judicial Federal. Por tanto, en aquellas entidades en cuya constitucion se esta limitando a las comisiones estatales de derechos humanos para que no intervengan en relacion con asuntos de sus tribunales superiores de justicia, hay una disposicion que contraria a la Constitucion. Esa fue la razon de la discusion, apunto. A su vez el ex presidente del Tribunal Superior de Justicia de Coahuila, Jose Fuentes, manifesto durante su intervencion en la Segunda Reunion Nacional de Presidentes de Tribunales Superiores de Justicia y Presidentes de Comisiones de Derechos Humanos, que solo cabria considerar como actos administrativos contrarios a los derechos humanos realizados por el Poder Judicial, Puso varios ejemplos de esos actos administrativos que pudieran ser controlados por organismos de los derechos humanos. En el caso de magistrados y jueces, cuando estos efectuen tramites notoriamente innecesarios que tiendan a dilatar el procedimiento, o bien, actuar en negocios en que se esta impedido, conociendo la causa del impedimento, entre otros. Propuso en su ponencia que las quejas contra actos administrativos de los servidores de los poderes judiciales .