SECCION ECONOMIA PAG. 22 BALAZO: ANUNCIA HACIENDA CABEZA: Credito fiscal solo a los atrasados no mas de tres meses CREDITO: MARIBEL R. CORONEL La Secretaria de Hacienda y Credito Publico dio a conocer ayer que los contribuyentes interesados en ponerse al corriente en sus pagos de impuestos aprovechando las 36 mensualidades establecidas dentro de un reciente decreto presidencial, podran hacerlo siempre y cuando sus atrasos no sean mayores a tres meses. En un comunicado, la dependencia indica que la garantia del credito fiscal podra efectuarla el contribuyente mediante el embargo administrativo de la negociacion de la cual sea propietario, "cuando la misma sea el unico bien susceptible de otorgarse en garantia y se proporcione la informacion que la SHCP determine". Menciona Hacienda que cuando se acepte como garantia del interes fiscal el embargo de la negociacion, el contribuyente sera designado depositario, pero "podra ser extraido de la negociacion y quedar en deposito de la autoridad que practique el embargo de aquellos bienes que aun siendo activos o inventarios del negocio, no sean estrictamente indispensables para el desarrollo de sus actividades". La SHCP precisa que "no aceptara como garantia del credito fiscal a las negociaciones en que ellas o sus bienes, reporten embargos, hipotecas, prendas, asi como cuando ya se hayan dado como garantia o sobre ella proceda hacer efectivos otros adeudos". No obstante, indica que seria posible usar como garantia ciertos bienes en situacion como las mencionadas, siempre y cuando su valor que se pretenda otorgar resulte suficiente para cubrir el pago del credito fiscal, restando incluso el monto de los gravamentes que pesen sobre el bien de que se trate. "Tampoco se aceptara como garantia a las negociaciones que esten en liquidacion, suspension de pagos, con declaratoria de quiebra o concurso, en huelga declarada por sus trabajadores o a las que esten en suspension de actividades o cuando se pretenda dejar sin efecto alguna otra garantia constituida con anterioridad". .