PAG. 2 SECCION: INF. GRAL. CABEZA: EDITORIAL CABEZA: La tentacion del poder so, pero igualmente advierte que los ministros no pueden asumir cargos publicos, y aunque tienen el derecho del voto como ciudadanos, no pueden ser propuestos a candidatos de representacion politica. Por ello mueven la atencion las declaraciones que a titulo personal expresaron varios obispos de la iglesia catolica mexicana, en las que indican que aunque la institucion religiosa no compite con el Estado por el poder civil, existe "una permanente tentacion" por este. Si bien estas declaraciones no implican, reconocer que el poder publico es un fin de la iglesia catolica, que por la naturaleza de esta y por legalidad, es inaceptable, si constituyen un punto de controversia, pues tentacion significa tambie n atraccion, y denotan una cierta disposicion al ejercicio del poder. El reconocimiento juridico de las entidades religiosas es un punto basico en su coexistencia con la estructura de gobierno civil. Pero es preciso advertir que no significa confusion en los ambitos de sus acciones. Apuntar que existe una atraccion permanente hacia el poder publico por parte de la iglesia catolica, equivale, guardadas las proporciones, a manifestar que el principio de laicismo del funcionamiento del Estado se encuentra en constante apremio. La ley establece los medios que garantizan la libert ad de creencia y salvaguarda asi las condiciones para el ejercicio de los cultos, pero esto no puede significar que las asociaciones religiosas encuentren una justificacion para intervenir en campos que no pueden ser de su competencia. .