SECCION INF. GRAL. PAG. 6 BALAZO: LOS HECHOS Y LOS MITOS CABEZA: Ruta 100: miseria de la justicia CREDITO: GUSTAVO HIRALES defender a un sindicalismo por muchas razones repudiable, un sindicalismo evidentemente corrupto y politicamente provocador, pero hay de modos a modos. El problema politico y etico fundamental es, me parece, el siguiente: ¨que tan valido es atacar la corrupcion sindical y los animos desestabilizadores, con medios juridica y politicamente corruptos, distorsionadores de una recta aplicacion de la justicia y subvertidores sin duda del Estado de derecho? Pues esto finalmente es lo que esta en juego. Por ello no son tan exageradas las analogias entre la quiebra de Ruta 100 y el Quinazo de enero de 1989. En ambos casos se trata de acciones de gobierno enc aminadas a resolver profundos problemas politicos y administrativos de empresas publicas, problemas que anteriores administraciones dejaron irresponsable o corruptamente crecer y complicarse al infinito, con medidas de fuerza. En su columna de Proceso (No. 963), Hector Aguilar Camin senala, en relacion a la cuasi impunidad de quienes se salen de la legalidad en aras de la justicia, ese reflejo condicionado de una parte importante de nuestra sociedad, ese "encanto justiciero de la ilegalidad" que se refleja tanto en la simpatia por los neozapatistas, como en el aplauso generalizado a las acciones del alcalde juarense Francisco Villarreal. El "encanto politico de la accion ilegal del alcalde de Ciudad Juarez dice HAC pone sobre la mesa un problema quiza mas profundo: el de la ambigedad de la cultura politica mexicana ante la ley, su fascinacion por los hartazgos ciudadanos y las vias justicieras de hecho". Tiene plena razon. Pero este es un aspecto, si bien muy importante, del problema; el otro es el que analizamos: la fascinacion del poder por las vias rectificadoras de hecho, que solo de manera muy vaga y generica guardan las formas de la legalidad, pero que en el fondo, y a veces hasta en la superficie, estan groseramente contaminadas de ilegalidad. Hoy por ejemplo ya sabemos, hasta con detalle, como fue el proceso por el cual se logro que el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal "obsequ iara" (y vaya que aqui si se justifica el verbito anacronico y cursi) las ordenes de aprehension contra los dirigentes del SUTAUR. Sabemos de las brutales presiones de un prepotente personaje, Saturnino Agero, presidente del TSJDF; sobre los magistrados del tribunal para que actuaran en el sentido en que aquel lo necesitaba, dados sus compromisos politicos. Sabemos de las movidas a las que recurrio para lograr sus objetivos, primero propiciando la renuncia de un magistrado (Abraham Polo Uscanga); luego poniendo a uno mas obsecuente en su lugar (Eduardo A. Guerrero Martinez), y finalmente propiciando un cochupo entre dos magistrados (el ya mencionado Guerrero Martinez y Gustavo Mauricio Barreto Rangel) para convencer a un tercero (Margarita Maria Guerra y Tejada), de que no tenia caso que se opusiera. Las ordenes de aprehension que Polo Uscanga se nego a autorizar, para darle mas tiempo al Ministerio Publico para recabar las pruebas de la acusacion, se otorgaron en tres dias habiles por el nuevo magistrado, que en ese tiempo pudo leer y estudiar los 11 tomos que tiene el expediente (con un promedio de tres mil hojas cada uno) y tomar una decision. Justicia increiblemente expedita, muy similar a la del Diazordazato, cuando jueces y tribunales se disputaban el dudoso honor de ver quienes eran mas se rviles y obsequiosos ante las acciones ilegales del Ejecutivo. En cualquier pais minimamente civilizado la exposicion publica de estas miserias y trastupijes ya habria provocado la intervencion de la instancia superior, la renuncia de quien como presidente del tribunal, en vez de ser garante de la correcta aplicacion de la ley preside su corrupcion, y la salida de quienes, como magistrados, se prestaron a las tranzas de don Saturnino. Pero aqui no pasa nada. Como, sin don Saturnino obro como lo hizo presumiblemente para "obsequiar" las necesidades politicas de d on Oscar Espinosa Villarreal. Y el regente de la ciudad de Mexico, ¨que necesidades obsequiaba? Pero dejando de lado el aspecto especificamente penal del asunto, lo demas sigue provocando muchos cuestionamientos. ¨Es valida una declaratoria de quiebra en un organismo estatal descentralizado, que no busca fines de lucro, y que por lo tanto dificilmente puede ser sujeto del Codigo de Comercio? ¨Que ley tiene mayor jerarquia, el Codigo de Comercio o la Ley Federal del Trabajo, que reglamenta el articulo 123 constitucional? La declaracion de Banobras, interventor designado, es sintomatica: Ruta 100 "tiene personalidad y patrimonio propios, porque realiza actos de comercio, que de conformidad con el Codigo de Comercio puede y debe ser reputada como comerciante". .