PAG. 22 SECCION: ECONOMIA CINTILLO: SE LESIONARIA A CONSUMIDORES CABEZA: No aplicara Secofi cuota compensatoria contra importaciones siderurgicas CREDITO: LAURA JUAREZ E. En los proximos dias la Secofi dara a conocer cuatro resoluciones antidumping contra importaciones de productos siderurgicos provenientes de nueve paises, entre ellos Estados Unidos, Venezuela, Brasil, Canada y Corea; pero "considerando la actual situacion economica del pais", decidio no aplicar, "temporalmente", ninguna cuota compensatoria a algunas de esas importaciones para proteger a la parte consumidora. En una informacion dada a conocer por la Secretaria de Comercio, se explica que esa dependencia considero que "la aplicacion de cuotas compensatorias perjudicaria severamente a las empresas que utilizan como insumos los productos importadores en cuestion y lesionaria al publico consumidor, puesto que la sola devaluacion del peso frente al dolar ha provocado ya un encarecimiento de estas mercancias". Los productos referentes son placa en hoja, lamina rolada en frio, lamina rolada en caliente y placa de rollo, originarias de Alemania, Australia, Brasil, Canada, Corea, Estados Unidos, Holanda, Sudafrica y Venezuela, y cuyas resoluciones se publicaran en los proximos dias en el Diario Oficial. La Secofi comprobo que los productos siderurgicos se importaron, en algunos casos, en condiciones desleales; pero, tras consultar con la industria siderurgica nacional y acogiendose al Articulo 88 de la Ley de Comercio Exterior, conocido como Clausula de Interes Publico, considero que en la situacion economica que vive el pais, la aplicacion de cuotas compensatorias perjudicaria severamente a las empresas que utilizan estos insumos. Agrego que tambien se afectaria al consumidor, puesto que la sola devaluacion del peso frente al dolar ha provocado ya un encarecimiento de estas mercancias. Ademas, continua su comunicado, este encarecimiento garantiza que la importacion de las mismas no alcanzara montos que ocasionen dano a las industrias nacionales que compiten con los mismos productos en el mercado mexicano. La dependencia que encabeza Herminio Blanco concluyo que, en virtud de lo anterior, en algunos de los casos indicados la Secretaria dicto resoluciones preliminares en las que, transitoriamente, no se establecen cuotas compensatorias por asi convenir al interes publico, el cual debe ser considerado antes de imponer una sancion, como lo dispone la Ley de Comercio Exterior. .