PAG. 8 SECCION: INF. GRAL. CINTILLO: SENADO CABEZA: APROBADA EN LO GENERAL, LA LEY REGLAMENTARIA DEL 105 CONSTITUCIONAL CREDITO: RAUL RAMOS ALCANTARA El Senado de la Republica aprobo en lo general y con cinco votos en contra en lo particular del PRD, la Ley Reglamentaria del articulo 105 constitucional, con lo cual se garantiza el derecho de las minorias, en los organos legislativos, a impugnar la inconstitucionalidad de una norma que, de ser declarada invalida por el voto calificado de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion (SCJN), esto es, por ocho de sus 11 integrantes, surte efectos generales. El jurista Jose Trinidad Lanz Cardenas indico que con esta Ley Reglamentaria ahora no solo puede intentarse, por la via de controversia constitucional, un acto de la Federacion en contra de un estado o municipio, de un ayuntamiento contra una entidad federativa o viceversa, y de todos entre si, sino tambien contra aquellas disposiciones de caracter general. Este hecho, puntualizo el panista Natividad Jimenez Moreno, fortalece la division de poderes de las autonomia y soberanias de estados y municipios en sus funciones. Caminamos, resalto, hacia un federalismo judicial que pueda surtir efectos y beneficios a los organos de gobierno y a los ciudadanos, a la vez que contribuye al control organico de la Constitucion. "Es evidente que el hecho de que el 33 por ciento de un organo legislativo pueda impugnar de inconstitucional alguna disposicion o tratado internacional, es un claro derecho de los minorias que, desde luego, consideramos debe respetarse y tener efectos juridicos y politicos en la realidad", asento. .