SEC. INF. GRAL. PAG. 7 CINTILLO: PROCESO ELECTORAL CABEZA: Del 1 al 15 de mayo, el registro de los 96 candidatos al Senado de la Republica El Cofipe establece que para integrar la Camara de Senadores, en cada estado y en el Distrito Federal se elegiran este ano tres senadores, de los cuales dos seran por mayoria relativa y uno sera asignado a la primera minoria. Los partidos politicos deberan presentar al Instituto Federal Electoral una lista con dos formulas de candidatos (propietarios y suplentes). El que obtenga el segundo lugar en numero de votos en este mismo rubro, integrara a la primera de sus dos formulas. Segun la legislacion, quienes ocupen cargos como presidentes municipales o bien, para el caso de la ciudad de Mexico como delegados politicos, y que aspiren a un cargo de eleccion popular, deberan renunciar a sus cargos con tres meses de anticipacion a la fecha en que se realicen los comicios. Por lo tanto, deberan hacerlo a mas tardar el 20 de mayo. Otros de los cargos que no deberan desempenar los aspirantes al Senado en, por lo menos tres meses anteriores al dia de la eleccion, son los de diputado local o representante de la Asamblea o bien representar a algun partido ante el Consejo General del IFE o los consejos locales y distritales. Tambien, los aspirantes deberan estar inscritos en el padron electoral y contar con su credencial para votar con fotografia. Los senadores que en el actual periodo fungieron como propietarios, no podran se reelectos, pero si quienes fueron suplentes si no tuvieron participacion en este periodo. La Ley senala que los gobernadores no podran ser electos en las entidades de su jurisdiccion, durante el periodo de su encargo, aun cuando se separen definitivamente de su puesto. Los secretarios y subsecretarios de Estado, militares en activo y quienes en la actualidad tienen mandos en la policia o gendarmeria rural, deberan dejar sus puestos tres anos antes de la eleccion. .