SEC. INF. GRAL. PAG. 9 CINTILLO: FIN A LITIGIO CABEZA: Devuelve el gobierno de Colima un predio a un particular CREDITO: RAUL RAMOS El gobernador explico que su administracion no podia acceder al monto reclamado, por considerar exageradamente alta la pretension economica, que significa ocho veces mas que el actual valor catastral, y anoto que de no cumplir con la resolucion judicial, se procederia a sus destitucion como Ejecutivo de la entidad. Por ello, opto por la entrega del predio. En consecuencia, el titular del Ejecutivo estatal giro instrucciones al secretario general de Gobierno para que notifique a Fernandez Hurtado de la entrega de los inmuebles el 9 de mayo proximo. Por resolucion del Segundo Tribunal Colegiado en materia Administrativa del Tercer Circuito, confirmo la sentencia dictada por un juez de distrito de la entidad, que otorgo el amparo y proteccion de la justicia federal a Fernandez Hurtado. No obstante ser un hecho publico y notorio la ocupacion y utilizacion de los terrenos citados, asi como de las edificaciones, la familia Fernandez Hurtado no formulo en 46 anos reclamacion alguno, ni interpuso juicio en contra de las dependencias publicas y organizaciones sociales que ahi se encuentran. Larga historia En conferencia de prensa, De la Madrid Virgen dio cuenta detallada del caso. Dijo que en 1923, Mariano Fernandez Morales, padre del reclamante, adquirio un predio, mas No obstante la venta anterior, en 1955, inexplicablemente Fernandez Morales testo todo el predio en favor de su esposa, Maria Guadalupe Hurtado Vizcaino, quien a su vez, por testamento otorgado en 1971, designo heredero a su hijo Mario Fernandez Hurtado. Este, en 1975, obtuvo de notario publico, escrituras del predio en cuestion, con la observancia de que en las mismas se hizo mencion a que la superficie original se redujo por apertura de vialidades, a algo mas de 10 hectareas, pero el titulo de propiedad comprendio superficies que ya habian sido deducidas del terreno por ese concepto. La inscripcion de la escritura ante Castro fue realizada hasta el 21 de abril de 1986, y un dia despues Fernandez Hurtado presento demanda de amparo, reclamando del gobierno del Estado Por su parte, el gobierno estatal, en 1940, compro a Enrique Ceballos, una fraccion de otro predio contiguo, en el cual se construyo la penitenciaria de la entidad, que anos despues ocuparia el DIF. Paralelamente fue expropiada una superficie para el mismo fin a una asociacion, que era parte del terreno que en 1923 vendio Fernandez Morales a Alvarez Saenz. Por lo anterior, el gobierno del estado otorgo a las dependencias y organismos diversas fracciones con anterioridad a la demanda de amparo interpuesta, haciendolo a titulo de dueno y de buena fe. Asi, desde 1940 se iniciaron diversas construcciones publicas. El gobernador relato entonces el largo proceso judicial emprendido, y dijo que tras dos sobreseimientos del caso, fue hasta el 25 de enero de 1993 cuando se otorgo el amparo a Fernandez Hurtado. .