SEC. INF. GRAL. PAG. 13 CINTILLO: DOS A SRA Y PGR CABEZA: Emite CNDH 6 recomendaciones La Comision Nacional de Derechos Humanos (CNDH) envio seis recomendaciones: dos al secretario de la Reforma Agraria, de las cuales una esta destinada conjuntamente al gobernador de Michoacan; dos al procurador general de la Republica, una de ellas tambien remitida al procurador de Justicia capitalino; una al presidente de Derechos Humanos de Morelos y otra a su homologo en Yucatan. La recomendacion emitida a la Reforma Agraria, trata el caso de la solicitud de creacion de un centro de poblacion ejidal en el minicipio de Santa Cruz, Sonora. La peticion fue promovida el 24 de abril de 1984 por Ramon Palacios Mendoza y otras personas, sin que hasta la fecha haya sido resuelta. Ante ello la CNDH recomendo al secretario de la Reforma Agraria que a la brevedad se integre debidamente el expediente relativo a esta solicitud, se ponga en estado de resolucion y se envie al Tribunal Superior Agrario, para que este resuelva en definitiva y se inicie un procedimiento administrativo en contra del entonces delegado agrario en Sonora, del servidor publico adscrito a esa delegacion y del director de Nuevos Centros de Poblacion Ejidal, a efecto de que se les investigue. Otra recomendacion emitida conjuntamente al secretario de la Reforma Agraria y al gobernador de Michoacan, se refiere a la comunidad indigena de Santa Ana Zirosto, municipio de Uruapan, en cuyo favor se ordeno un procedimiento de reposicion agraria que no ha sido iniciado debido al incumplimiento de las ejecutorias de juicios de amparo promovidos por pequenos propietarios afectados. Ante ello, la CNDH pidio al secretario de la Reforma Agraria que instruya a quien corresponda para que a la brevedad posibe se de cumplimiento a las ejecutorias de ocho juicios de amparo, asi como de todos aquellos que se hayan dictado o dicten y esten relacionados con el caso y que se practique una investigacion sobre los motivos de dilacion en el procedimiento del cumplimiento de las ejecutorias dictadas en los juicios de amparo. Asimisno recomendo al gobernador de Michoacan que instruya a quien corresponda para que, dentro de su normatividad, brinde el apoyo necesario para que se encuentren alternativas de solucion en el caso de esa comunidad. La recomendacion al procurador general de la Republica, trata el caso de Daniel Zarate Guerrero, detenido de manera prolongada y coaccionado fisicamente por elementos de la PJF entre el 27 y 29 de septiembre de 1990, para que se declarara culpable. La CNDH recomendo al procurador general de la Republica se inicie la investigacion correspondiente a los agentes de la PJF involucrados en la detencion y de reunirse los elementos suficientes, se ejercite accion penal en su contra por los delitos de tortura y los que resulten. Asimismo se investigue al ministerio publico federal por la omision en que incurrio al no dar fe de las lesiones que presento el agraviado. Una recomendacion mas al procurador general de la Republica y al procurador de Justicia capitalino, se refiere a Manuel Manriquez San Agustin, quien el 2 junio de 1990 fue detenido arbitrariamente y torturado por elementos de la Policia Judicial del Distrito Federal, motivo por el cual se inicio una averiguacion previa y hasta el momento no ha sido concluida. Por ello, la CNDH recomendo al procurador de Justicia capitalino gire instrucciones para que la averiguacion previa sea retirada de la reserva, a fin de que se concluya la investigacion respecto a la tortura, la detencion arbitraria y prolongada, se realicen las acciones legalmente conducentes para lograr a la brevedad posible la determinacion conforme a Derecho de la citada indagatoria. Asimismo se inicie el procedimiento de investigacion que corresponde en contra del agente del ministerio publico, asi como de los medicos legistas y de los servidores publicos involucrados. En tanto, al titular de la PGR se le pidio gire instrucciones para que se inicie el procedimiento de la investigacion que corresponda en contra del ministerio publico federal, titular de la Mesa 26 de la fiscalia especializada para la atencion de delitos cometidos por servidores publicos, para determinar su responsabilidad. La recomendacion emitida al presidente de la Comision de Derechos Humanos de Morelos, trata el caso del recurso de impugnacion promovido por Bernardino Lavin Flores, contra la resolucion definitiva del 3 de junio de 1993, emitida por esa comision estatal. El organismo defensor de las garantias individuales sugirio al presidente de esa comision revocar dicha resoludion, con la que se concluyo la queja interpuesta por Bernardino Lavin, en representacion de 122 agraviados; que admita, califique y tramite de conformidad con los lineamientos de su respectiva ley organica la queja presentada por Bernardino Lavin y que dentro de la integracion de la queja, solicite a las autoridades presuntos responsables de violaciones a derechos humanos, los informes correspondie ntes a su actuacion. La ultima recomendacion enviada al presidente de la Comision de Derchos Humanos de Yucatan, se refiere al recurso de impugnacion interpuesto por Socorro Baquedano Figueroa, contra el acuerdo de no responsabilidad emitido por ese organismo estatal el 17 de septiembre de 1993. La CNDH recomendo que revoque el acuerdo de no responsabilidad con el que concluyo el expediente de la queja interpuesta por Figueroa; se inicie el tramite del expediente referido a ese caso para que emita recomendacion al procurador de Justicia del estado, a fin de que se extraiga de la reserva la averiguacion previa del caso, se lleven a cabo las diligencias que conforme a derecho correspondan, se agote la integracion de la indagatoria y en su caso, se proceda al ejercicio de la accion penal contra quiene s resulten responsables. .