GUIA: C9CINCO, PAG. 22 SECCION: Ciudad CABEZA: 22 mil policias vigilaran que no desperdicie agua la poblacion CREDITO: MARTIN CHACON ALBARRAN La Secretaria General de Proteccion y Vialidad (SGPyV) informo que hoy, "Sabado de Gloria", pondra en marcha un dispositivo especial de la policia preventiva para evitar que con motivo de esa celebracion los capitalinos desperdicen el agua. Para ello, un numero aproximado a los 22 mil uniformados patrullan las calles del Distrito Federal e invitaran a no desperdiciar el vital liquido. Con lo anterior se procurara, senalo la dependencia, que dichas personas no sean consignadas. En caso de que reincidan los banistas advertidos, entonces seran arrestados y puestos a disposicion de los diferentes juzgados calificadores. Al respecto, el titular de la SGPyV, Rene Monterrubio Lopez, senalo que el operativo que se esta realizando para la seguridad de los capitalinos y turistas supervisara tambien las acciones de la ciudadania, a fin de evitar que se desperdicie el agua. Reitero que van a ser remitidas al juez calificador los banistas reincidentes y senalo que en estos operativos participaran los 34 sectores de vigilancia de la Policia Preventiva. Por su parte, Juan Francisco Andraca Takabatake, juez del segundo turno del Tercer Tribunal Calificador, ubicado en la delegacion Cuauhtemoc, manifesto que las sanciones que se aplican a los banistas se establecen en los articulos cuatro y seis del Reglamento sobre Justicia en Materia de Faltas al Bando de la Policia y Buen Gobierno del Distrito Federal, las cuales van de 12 a 36 horas de arresto o una multa de uno a 30 dias de salario minimo vigente en el Distrito Federal. Andraca Takabatake apunto que por infringir la fraccion 29 del citado Reglamento -como alterar el orden, arrojar cojines liquidos o cualquier objeto; prender fuego o provocar altercados en los espectaculos o a la entrada de ellos- o la fraccion 28 -utilizar indebidamente los hidrantes publicos- y son sancionadas por el articulo 6 con una multa de 15 a 30 dias de salario minimo general del Distrito Federal o arresto de 24 a 36 horas. El juez calificador senalo que si la conducta de la persona no cayo en cualquiera de esas dos, puede que infrinjan la fraccion 25 que se refiere a desviar o retener las corrientes de agua de los manantiales, fuentes, acueductos, tuberias y tanques o tinacos almacenadores, la cual tambien sanciona el articulo seis. Asimismo indico que segun el articulo 3, fraccion primera, el adoptar actitudes o usar un lenguaje que contrarie las buenas costumbres, se sanciona por el articulo 4, y que estas sanciones van de una multa de 1 a 14 dias de salario minimo o arresto de 12 a 24 horas anciona por el articulo 4, y que estas sanciones van de una multa de 1 a 14 dias de salario minimo o arre .