GUIA: es SECCION: Informacion General Pag. 9 CINTILLO: DEBATE CABEZA: Estado, elecciones y partidos CREDITO: Javier Orozco Gomez Al acercarse el inicio del periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Union, comienzan a sentarse criterios en torno a la reforma electoral. Por un lado, se reafirman principios como la funcion estatal de organizar las elecciones y por otro, se afinan detalles sobre las propuestas del financiamiento de los partidos y los costos de las campanas. Por lo que respecta, a la reafirmacion de principios, el secretario de Gobernacion manifesto que la participacion del gobierno en los comicios de 1994, sera presencia de Estado, no partidista, para garantizar la transparencia, legalidad, equidad e imparcialidad que debe haber en un proceso democratico; algunos partidos politicos han senalado la conveniencia de que el gobierno organice las elecciones, mientras que otros se pronuncian por una organizacion partidaria. Una larga tradicion juridica-electoral sirven de fundamento, para la funcion estatal de organizar las elecciones. En 1946, la Ley Electoral Federal asigno a los Poderes de la Federacion la vigilancia del proceso electoral, cuya intervencion senalaba la ley, mediante un organismo especial (Comision Federal de Vigilancia Electoral) e hizo recaer las etapas de preparacion y desarrollo de dicho proceso a las comisiones locales y distritales. En 1951, la ley electoral -vigente en esa epoca- reitero el principio de que los Poderes Federales tendrian en la vigilancia del proceso electoral la intervencion que les senalara la ley y mediante un organismo, ahora llamado Comision Federal Electoral. La ley electoral expedida en 1973, establecio que la funcion de vigilancia del proceso electoral correspondia a los participantes: Estado, partidos politicos y ciudadanos; definiendo a la Comision Federal Electoral como un organismo autonomo, de caracter permanente y personalidad juridica propia. El Codigo Electoral de 1987 declaro que la preparacion, desarrollo y vigilancia de las elecciones de diputados y senadores era una funcion de orden publico; que dicha funcion correspondia al gobierno federal (excluyendo al Legislativo) y agrego que eran corresponsables de esta funcion los ciudadanos y los partidos politicos, al participar en la integracion de los organismos electorales. Para 1990, se adiciono al articulo 41 constitucional que la organizacion de las elecciones federales es una funcion estatal, ejercida por los Poderes Legislativo y Ejecutivo, con la participacion de los partidos politicos y ciudadanos. Esta funcion del Estado, se realiza a traves de un organismo publico autonomo, dotado de personalidad juridica y patrimonio propios, teniendo como principios rectores la certeza, legalidad, imparcialidad, objetividad y profesionalismo. Este breve repaso por las paginas del derecho electoral, nos muestra que de una u otra forma, como se reglamente, la presencia del Estado en la organizacion y vigilancia del proceso electoral, se ha mantenido. Si las elecciones constituyen indiscutiblemente una actividad de interes publico; la actividad politica de una sociedad trasciende la posibilidad de un manejo privado. Solo el gobierno mismo esta legitimado para conducir las elecciones, ya que cualquier otra entidad vendria a favorecer a sus intereses o privaria la pasion; el Estado viene a ser un mediador y organizador natural de una funcion de tal naturaleza politica por excelencia a la pasion; el Estado viene a ser un mediador y organizador natural de una funcion de tal naturaleza politica por .